En marzo de 2015, el Senado de la República emitió una recomendación a los Congresos de los estados para que modificaran los Códigos Civiles, a fin de permitir los matrimonios igualitarios; sin embargo, los diputados de Puebla, encabezados ese año por el perredista, Carlos Martínez Amador, buscaron que el exhorto se enviara a la congeladora y no se discutiera el tema.

Martínez Amador, como recordará el lector, fue respaldado por el panista, Pablo Rodríguez Regordosa, y la diputada del Partido del Trabajo, Lizeth Sánchez García.

Los legisladores no tomaron en cuenta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya había emitido jurisprudencia al respecto y atendiendo el llamado del ala conservadora del Poder Legislativo se rehusaron a que el tema de los matrimonios entre personas del mismo sexo se abordara.

Habrá que recordar, también, la puntada del diputado panista, Pablo Rodríguez Regordosa, quien inventó la palabra “isomonio” para, según él, legalizar la unión entre dos personas del mismo sexo sin llamarlo matrimonio.

Ante los medios, explicó que el término que manejaba es una palabra que deriva del vocablo griego “iso”, en referencia a la igualdad de los sexos, y “monio”, referente a la eudaimonia, que quiere decir felicidad.

Fiel representante de los grupos de la ultraderecha poblana, el albiazul preparaba  su iniciativa al tiempo que anunció que marcharía junto con su esposa e hijos en la movilización promovida por el Frente Nacional de la Familia, la UPAEP, integrantes de El Yunque, así como grupos cristianos en contra de los matrimonios igualitarios.

En la memoria periodística se encuentra su frase: “Ahí estaré con mi familia y estaré porque creo que el matrimonio debe de preservarse con la figura de un hombre y una mujer, y esto no quiere decir que esté en contra de que se reconozcan las uniones entre personas del mismo sexo”.

Ahora, con el revés que la SCJN propinó a los diputados poblanos, incluso los legisladores de la derecha tendrán que modificar el artículo 300 del Código Civil del Estado de Puebla.

Ayer la Corte avaló la Acción de Inconstitucionalidad 29/2016, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y por unanimidad los 11 ministros demandó la invalidez del artículo 300 del Código Civil de Puebla, reformado mediante un Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 28 de marzo de 2016, por una iniciativa morenovallista.

Una vez que sea notificado el Congreso tendrá que ajustar los artículos ya que de no hacerlo incurriría en desacato.