La presidenta estatal del Partido de la Revolución Democrática, Socorro Quezada Tiempo, advirtió que la modificación al código penal del estado para castigar con mayor rigor a quien realice pintas denominadas “grafitis” sería una forma de limitar la libre expresión.

En entrevista, Quezada Tiempo declaró que no está de acuerdo con dicha modificación, donde las penas que podrían alcanzar las personas que sean detenidas realizando las pintas serían de 12 años.

Aclaró que donde debe intervenir las autoridades son los casos de delincuentes que marcan las casas para robarlas, problema que ha sido común en los últimos años.

Reiteró que el grafiti es una forma de expresión, y habrá que analizar a fondo la propuesta para no limitar las libertades de los ciudadanos.

La dirigente del PRD señaló que el sancionar  n acto de expresión de personas que quieran manifestarse de esa manera es lamentable.

Insistió en que debe protegerse el patrimonio cultural, pero es muy difícil; no obstante, indicó que no quiere decir que ejerzan vandalismo o violencia por hacer un tipo de grafitis.

Socorro Quezada declaró que se tendrá que analizar detenidamente cada uno de los artículos de la citada ley, para evitar que se viole los derechos de la libre expresión.

La propuesta

En la sesión ordinaria del pasado miércoles, se anunció que las personas que realicen pintas en inmuebles privados sin autorización podrán recibir una pena hasta de tres años de prisión, y si ésta se hace en edificios públicos la pena llegará a los seis años de acuerdo a la iniciativa que se presentó en el Congreso del estado; sin embargo, en el análisis la pena llegaría hasta los 12 años.

Fue el diputado Eukid Castañón Herrera quien leyó la iniciativa que se envió a comisiones unidas para su discusión, además de que habrá una consulta para determinar si se aplicarán también sanciones a los padres de familia.

De acuerdo a la iniciativa, se justifica la presentación, se da por el problema del pandillerismo, que crece de manera progresiva; dicho fenómeno se ha convertido en un hecho sociocultural cotidiano que genera una serie de conductas antisociales en el estado.

Castañón Herrera indicó en tribuna que estas acciones se ven reflejadas en delitos como amenazas, robo, daño en propiedad ajena, violación, lesiones e incluso en homicidios y riñas campales.

Ante el pleno, explicó que se propone reformar el artículo 185 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, incrementando la sanción prevista para dicha conducta ilícita, a fin de frenar actos que laceran a la ciudadanía y que generan acciones que dañan el ámbito patrimonial, tanto privado como público.

Las sanciones

De contar con la aprobación de este Congreso, la presente iniciativa quedaría como sigue:

“Artículo 185. Cuando se ejecuten uno o más delitos por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, además de las sanciones que les correspondan por el o los delitos cometidos, de tres a seis años de prisión.

”Artículo 413 Bis.- Al que sin consentimiento de quien deba darlo, causare daño, destrucción o deterioro de bien ajeno por medio de pintar signos, leyendas, dibujos, imágenes o cualquiera otra manifestación gráfica, se aplicarán las siguientes sanciones:

”I.- Si se realizare en bienes de propiedad privada, se le impondrá de uno a tres años de prisión; y

”II.- Si se realizare en bienes de dominio público, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión.

”Artículo 413 Ter.- Se aplicará la misma sanción prevista en el artículo 412 de éste Código, a quien o a quienes de forma ilícita y dolosa, causare o causaren alteración, daño, destrucción o deterioro al equipamiento o infraestructura urbana,  a algún bien destinado o utilizado para la prestación de servicios públicos, o del patrimonio artístico o arquitectónico del Estado”.