Con diversas heridas en el rostro y sin poder comunicarse, un hombre adulto fue encontrado en la Central de Autobuses de Puebla (Capu) por paramédicos de la Cruz Roja, quienes lo trasladaron a dos hospitales públicos que le negaron el ingreso, por lo cual permaneció 14 horas en una ambulancia sin recibir atención hospitalaria. 

A las 7:30 de la tarde del lunes, el individuo identificado con el nombre de Jesús Reyes Rojas -que por problemas neurológicos no puede hablar y quien además presentaba heridas de arma punzocortante en el rostro-, recibió atención por parte de paramédicos de la Cruz Roja. 

Reyes Rojas vestido únicamente con una chamarra roja que le cubría el pecho, pantalones negros y zapatos del mismo color, fue hallado en el piso de la Central de Autobuses (Capu) con lesiones en la frente y la nariz. El hombre logró ser identificado por una receta médica que portaba. 

El servicio de auxilio médico lo transportó al hospital de San Martín Texmelucan, donde al quererlo ingresar le negaron la entrada, con la justificación de que no tendían quién respondiera económicamente por él, posteriormente acudieron al Hospital General del Norte donde también le rechazaron la atención. 

Los paramédicos que lo resguardaban, dejaron a Jesús Reyes en la ambulancia hasta el día siguiente. A las 10 de la mañana de ayer martes, la Cruz Roja decidió atenderlo,  mientras tanto el sujeto permaneció 14 horas sin recibir atención médica. 

De acuerdo con la receta médica que encontraron, la víctima salió del Hospital de Traumatología y Ortopedia el pasado viernes 20 de mayo de 2016 por golpes en la cabeza. 

Cabe señalar que según la Carta de los Derechos Generales de los Pacientes, en los artículos 51 y 89 estipulados dentro del Reglamento de la Ley General de Salud, “la paciente o el paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico”.

Asimismo en los artículos 51 y 83 se marca que los pacientes tienen derecho a que “el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas de género y  cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes”.