En la nueva administración estatal el área de transparencia tendrá un nivel de coordinación dejando de ser de segundo nivel, de acuerdo al paquete de iniciativas enviadas por el gobernador electo Antonio Gali Fayad, mismas que serán aprobadas el próximo viernes.

Será a más tardar el próximo jueves cuando la Junta de Gobierno y Coordinación Política aprobará la creación de la coordinación para que sea votada por el pleno durante la sesión ordinaria a celebrarse al día siguiente.

El documento se suma a los enviados por el gobernador electo donde se proponen modificaciones a la ley de la Administración Pública del Estado de Puebla en la que se incluye la conformación de la Secretaría de Turismo y Cultura.

En la iniciativa que llegó el pasado sábado 21 de enero, se propone la creación de la Coordinación Estatal de Transparencia y Gobierno Abierto, como un Organismo Público Descentralizado, sectorizado al Ejecutivo del Estado.

En la argumentación se señala que el propósito es constituir y fortalecer la instancia encargada de promover, fomentar y difundir la cultura de la transparencia en el ejercicio de la función pública, el derecho de acceso a la información pública, la transparencia, la protección de datos personales, además de las tareas de Gobierno Abierto como práctica importante para la generación, publicación de información con datos abiertos y cumplimiento a los lineamientos de la “Alianza para el Gobierno Abierto”.

La Coordinación tiene por objeto dirigir las acciones en materia de transparencia, atención al Derecho de Acceso a la Información, protección de Datos Personales, Gobierno Abierto y de ejecución de Acciones que se deriven del Sistema Nacional de Transparencia, dentro de la Administración Pública Estatal.

Además se precisan las atribuciones de la nueva área gubernamental:

I.- Expedir en el ámbito de su competencia y conforme a  la legislación correspondiente, las normas, políticas y procedimientos en materia de protección y tratamiento de datos personales, así como de gobierno abierto;

II.- Establecer la política pública en materia de transparencia y acceso a la información, así como dar seguimiento a las normas, políticas y procedimientos generales que deberán observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal;

III.- Diseñar procedimientos y establecer sistemas para que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, reciban, procesen, tramiten y atiendan las solicitudes de acceso a la información, así como los datos personales;

IV.- Promover la integración y participación de organismos ciudadanos, instituciones de educación, organizaciones civiles y de la ciudadanía en general en las acciones tendientes a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas, el gobierno abierto y el acceso a la información;

V.- Verificar la constitución de los Comités de Transparencia de los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo, así como la integración de las Unidades de Acceso a la Información;

Organismo Plural

En la iniciativa se advierte que habrá una participación de la sociedad para garantizar la transparencia, incluso formarán parte de la Junta de Gobierno como invitados, de acuerdo al organigrama:

ARTÍCULO 7.- La Coordinación estará integrada por:
 
I.- Una Junta de Gobierno;
 
II.- Un Coordinador; y
 
III.- Las unidades administrativas que requiera para el cumplimiento de sus objetivos y que le permita su presupuesto.
 
ARTÍCULO 8.- La Junta será la máxima autoridad del Organismo y estará integrada por:
 
I.- Un Presidente Honorario, que será el Titular del Poder Ejecutivo del Estado; quien tendrá voz y voto;
 
II.- Un Presidente Ejecutivo, que será el Titular de la Jefatura de la Oficina del C. Gobernador; quien tendrá voz y voto;
 
III.- Tres Vocales propietarios, que tendrán voz y voto,  quienes serán:

a) El Titular de la Secretaría General de Gobierno;

b) El Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración;

c) El Titular de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes.

IV.- Un invitado especial que será el Titular de la Secretaría de la Contraloría.
 
V.- Dos invitados permanentes, que tendrán voz sin voto, quienes serán representativos de la sociedad, los cuales serán invitados por el titular del Poder Ejecutivo del Estado, y

Cada uno de los miembros de la Junta nombrará un suplente, quien tendrá las mismas facultades que el Titular durante su ausencia. Los cargos de los integrantes de la Junta serán honoríficos y, por lo tanto, no recibirán emolumento alguno.