El pasado 22 de junio, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió la sentencia resolutiva a un juicio interpuesto para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en lo referente a los trabajos de la distritación electoral federal del estado de Puebla. En dicha sentencia se ratifica el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante el cual se aprobó la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales.

Los magistrados del TEPJF determinaron que el Consejo General del INE no omitió consultar los trabajos de distritación electoral federal, ya que llevó a cabo el proceso de consulta a los pueblos indígenas de la entidad,  de acuerdo con la metodología aprobada en el protocolo para la consulta a pueblos y comunidades indígenas. Adicionalmente la sentencia establece que la pérdida de un distrito electoral, como es el caso de Puebla, que pasa de 16 a 15 distritos electorales federales, es un factor determinado por  el total de la población del país, según los datos del último censo, por lo que tal circunstancia no es contraria a derecho.