Considerando que la gran mayoría de los poblanos utilizan para trasladarse el transporte público, el incremento de la delincuencia y el miedo a la agresión en ese entorno conllevan al deterioro del bienestar de la ciudadanía. Es responsabilidad de las autoridades llevar a cabo las acciones pertinentes para evitar la consecución de delitos en este ámbito, pues se trata de una de las principales funciones de quienes detentan el poder, asegura Pérez García.  

En ese sentido, las estrategias vinculadas a la prevención del delito implican la gestión, diseño o manipulación del ambiente inmediato para la reducción de las oportunidades para cometer delitos.

De tal modo que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Transporte para el Estado de Puebla, es una atribución del Secretario de Infraestructura, Movilidad y Transporte, emitir las reglas para que el servicio público de transporte se preste de manera eficiente, garantizando la seguridad y protección de los usuarios.

Por eso mismo Pérez García pidió a dicho titular, que tomando en cuenta sus atribuciones, se establezca una disposición por la cual los choferes de transporte público únicamente puedan subir pasaje en las paradas autorizadas, y de hacer lo contrario, aplicar sanciones.

Aunado a ello, y de acuerdo a sus atribuciones, establecer un programa de monitoreo y vigilancia de las paradas autorizadas por la Secretaría, mediante el uso de video vigilancia.

Es por lo anterior que se propone el siguiente punto de acuerdo a efecto de que la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte del Gobierno del estado de Puebla, dentro del marco de sus atribuciones atienda al siguiente:

Punto de Acuerdo

Se solicita respetuosamente a la Titular de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla, que diseñe, emita e implemente un acuerdo de observancia general para los concesionarios del transporte público en la entidad, por el cual se establezca como causal de pérdida y  revocación de la concesión, el hecho de que la unidad de transporte público acumule dos o más infracciones que tengan como motivo el haber subido pasaje en paradas no autorizadas por la Secretaría.

Se solicita respetuosamente a la Titular de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla, que se diseñe, emita y ejecute un acuerdo de observancia general para que las paradas autorizadas por la Secretaría sean monitoreadas y vigiladas para hacer efectiva la Ley de Transporte para el Estado de Puebla.