La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó declarar inconstitucional el Código Civil del Estado de Puebla por no establecer los matrimonios igualitarios, por lo que el Congreso deberá hacer las modificaciones correspondientes, de lo contrario incurrirá en desacato.

Durante la sesión de este martes, por unanimidad los ministros resolvieron a favor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que presentó su inconformidad por la redacción del artículo 300 del código, que actualmente establece que la figura del matrimonio solo puede ser entre la unión de un hombre con una mujer.

Los ministros también anularon el artículo 294 del mismo ordenamiento, que determinaba como fin del matrimonio el “perpetuar la especie”, pues consideraron a estos preceptos como “violatorios de los principios de igualdad y no discriminación”, según un comunicado de la SCJN.

La determinación de la Corte se dio como respuesta a la Acción de Inconstitucionalidad 29/2016, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), con la que demandó la invalidez del artículo 300 del Código Civil de Puebla, reformado mediante un Decreto publicado en el Periódico Oficial del estado el 28 de marzo de 2016.

En entrevista, el diputado local sin partido Julián Peña Hidalgo manifestó que nuevamente la corte corrige la plana a los diputados que han realizado acciones de inconstitucionalidad y recordó que, además de esta resolución, se encuentran las determinaciones por la reforma electoral 2015.

Señaló que en diciembre de 2016 presentó un documento que tenía como finalidad poner nuevamente sobre la mesa de debate el reconocimiento del matrimonio para todas las personas sin distingo de su preferencia sexual.

Dijo que independientemente de las creencias religiosas o morales que tengan los integrantes del poder legislativo sobre las uniones homosexuales, son representantes populares y, como tales, deben crear normas para propiciar una convivencia armónica, pero sobre todo, procurar que los derechos humanos sean observados por el resto de la población hacia sus congéneres.

Peña comentó que los diputados habían sostenido que en el Congreso no pasaría ninguna iniciativa en este sentido y recordó que La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había emitido antes de esta resolución jurisprudencia en el sentido de que mantener las leyes sustantivas respecto al matrimonio civil, cuyo propósito sea el de perpetuar la especie, seria discriminatorio y contrario a la Constitución.

En el estado de Puebla, advirtió que en la falta de reconocimiento social y jurídico al derecho de las personas LGBTTTI para legitimar la vida en pareja, constituye una agresión al desarrollo integral, pleno y armónico de las personas y con la sociedad.

El diputado independiente expresó que ahora tendrán que votar el documento y se espera que se vaya más allá y se reformen siete artículos del Código Civil del Estado de Puebla, por ejemplo, con respecto al tema del concubinato para dar protección a los hijos, donde se crean derechos después de dos años continuos de vivir juntos.

Expuso que el texto quedaría redactado de la siguiente manera: Artículo 294 bis. El matrimonio igualitario es un contrato civil por el cual dos personas humanas se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia, contrayendo derechos y obligaciones inherentes al mismo.  

Hubo desacato legislativo

Mientras, la diputada local y dirigente estatal del Partido de la Revolución Democrática, Socorro Quezada Tiempo, dijo que el tiempo les dio la razón nuevamente, y lamentó que los legisladores poblanos no hayan reformado el Código Civil del Estado de Puebla a fin de aprobar los matrimonios entre personas del mismo sexo, además de que omitieron una disposición de la corte, por lo que hubo desacato.

Sostuvo que el Congreso del Estado está obligado a legislar y aprobar las modificaciones pertinentes al Código Civil para permitir el matrimonio entre las personas del mismo sexo en la entidad.

Quezada recordó que fue en marzo de 2015 cuando se recibió  en el poder legislativo el oficio DGPL-2P3A.4240.20, donde el Senado de la República exhorta a que los diputados poblanos legislen para permitir el matrimonio igualitario, por lo que indicó que solo hay que cumplir con la ley.

Además, consideró que la sociedad poblana ya está preparada para aceptar situaciones como el matrimonio entre personas del mismo sexo.