La Corte Constitucional de Colombia sentenció hoy que el acuerdo de paz, firmado en noviembre pasado entre el gobierno colombiano y la entonces guerrilla de las FARC, no podrá ser modificado en los próximos tres gobiernos tras considerar que cumple con la Constitución y la ley.

La Corte hace unas aclaraciones importantes en torno a interpretaciones posibles y señala que la lectura que da lugar a esa manifestación de constitucionalidad es la que se expresa. El acuerdo no tiene en sí mismo valor normativo sino requiere incorporación a la Constitución como se ha venido haciendo a través de reformas constitucionales, o normas fuerza de ley o leyes aprobadas por el Congreso", dijo Luis Guillermo Guerrero, presidente de la Corte Constitucional.

Según el alto tribunal, "las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del Acuerdo Final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final".

La corte determinó que en tres periodos presidencias siguientes no se podrán modificar el acuerdo de paz, que se firmó el pasado 24 de noviembre en la capita colombiana. La oposición, encabezada por el Partido Centro Democrático, ha manifestado su deseo de modificar el acuerdo de paz.

Tras la desmovilización de los rebeldes, los integrantes de esa guerrilla fundaron el partido político Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC).

En el nuevo partido de los ex rebeldes, tendrán a partir de las elecciones parlamentarios de 2018, 10 curules en el Congreso. Además, no se descarta que apoyen o tengan un candidato propio para las elecciones presidenciales del próximo año.

El pasado 24 de noviembre, el presidente Juan Manuel Santos y el máximo líder de las FARC, Rodrigo Londoño, firmaron el nuevo acuerdo de paz, que fue aprobado por el Congreso en diciembre pasado.