El Tribunal Constitucional (TC) de España anuló la Ley de Transitoriedad y la Declaración Unilateral de Independencia (DUI) de la comunidad autónoma española de Cataluña aprobadas por el Parlamento catalán.

El TC difundió que la actuación del Parlamento de Cataluña constituye un "daño irreparable para la libertad de los ciudadanos", aunque su declaración y la ley habían sido ya suspendidos de forma cautelar.

El pleno del TC decidió además denunciar por desobediencia a sus sentencias a la presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, así como a los miembros de la Mesa de la Cámara, tal como pedía el incidente presentado por el Ejecutivo español.

En su momento, el Consejo de Ministros pidió al Tribunal Constitucional anular la declaración de independencia aprobada por el Parlamento catalán, además de aprobar las medidas para la aplicación en Cataluña del artículo 155 de la Constitución española.

El TC afirmó además que la declaración del Parlamento de Cataluña supuso un "grave atentado contra el Estado de derecho, que en nuestro país no puede desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución".

La actuación del Parlamento (catalán) contradice frontalmente las decisiones del propio TC", dice la sentencia.

Añade que Forcadell y otros miembros de la Mesa de la Cámara han desatendido sus advertencias de manera "contumaz".

El derecho a la autonomía, que la Constitución española reconoce a las nacionalidades y regiones que integran España, "no es ni puede confundirse con la soberanía", precisó el TC.

Sostiene también que el "derecho de autodeterminación, entendido como derecho a promover y consumar la secesión unilateral del Estado, no está reconocido en la Constitución".

Agrega que "ni cabe aducir que forme parte de nuestro ordenamiento por vía de tratados internacionales de los que España es parte, ni tampoco encuentra fundamento en el derecho internacional".

De acuerdo con el TC, el pleno del Parlamento catalán aprobó primero el proceso de constituyentes y después, en votación secreta, "apartándose de la forma ordinaria de votación", la declaración unilateral de independencia.

Las dos resoluciones aprobadas "presuponen que el Parlamento de Cataluña se arroga atribuciones inherentes a la soberanía, superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución".

La entidad considera además que la actuación del Parlamento catalán es un "grave atentado" contra el Estado de derecho y conculca "el principio democrático".

En este punto, el TC de España recuerda una vez más, que "en el Estado constitucional no puede desvincularse el principio democrático de la primacía incondicional de la Constitución".