La Sala Regional Ciudad de México revocó parcialmente el acuerdo del Consejo Local del INE en Puebla. Los magistrados ordenaron que se designe a una nueva persona en el lugar de Alfredo Barbosa Bonola luego que confirmaron los nexos partidistas de quien aspiraba a ser integrante del Consejo Distrital 6.

En la sesión de este jueves del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados establecieron que Barbosa Bonola no cumple con el requisito relativo a no ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

Alfredo Barbosa fue presidente de Expresión Juvenil del PRI en Tlaxcala, organización que forma parte de la Red de Jóvenes por México. Entre sus funciones se enlistaron: promover y apoyar las campañas políticas y electorales y formar dirigentes con afiliación a ese instituto político; por ello los togados consideraron que su nombramiento como integrante del Consejo Distrital 6 para los procesos electorales federales en curso, no garantiza el cumplimiento los principios de imparcialidad, legalidad e independencia que deben regir a los órganos electorales. 

Tras el análisis del recurso 1642/2017 promovido por Manuel Ernesto Pérez Aguirre, los magistrados de la Sala Regional ordenaron al Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE), que se designe a una persona distinta para ser consejero propietario en la Junta Distrital 6.

“Su nombramiento es ajeno a los principios de imparcialidad, por lo que se propone la revocación parcial del acuerdo y se ordena el nombramiento de una persona distinta en un plazo de cinco días”, establece la sentencia. 

El miércoles 29 de noviembre, la Junta Local del Instituto Nacional Electoral aprobó por mayoría la integración de los 15 consejos distritales para la elección federal, ante cuestionamientos de los partidos políticos porque varios de los miembros aparecen en diferentes padrones partidistas.

Revocan multa al PRI 

Por considerar que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla vulneró el debido proceso, al no escuchar la defensa del Partido Revolucionario Institucional (PRI), los magistrados revocaron la multa interpuesta al tricolor y ordenaron al TEEP emitir una nueva resolución en la que sí analice y tome en cuenta las manifestaciones formuladas por el PRI y determine lo procedente respecto de la sanción económica.

El juicio promovido por el PRI en el expediente SCM-JRC-22/2017 asegura que el tribunal local no estudió las manifestaciones realizadas en la contestación del proceso ante dicha instancia, lo cual vulnera el debido proceso y la adecuada defensa del partido, pues el análisis de ese escrito resultaba necesario para justificar las determinaciones tomadas en la sentencia impugnada.

En respuesta la Sala Regional ordenó que en un plazo de 10 días hábiles se emita una nueva resolución.

Palomean sanción económica al PVEM 

En la propia sesión pública, la Sala Regional Ciudad de México confirmó la multa impuesta por el Instituto Nacional Electoral al PVEM en la resolución 524 del INE por las irregularidades detectadas en el dictamen consolidado de los informes de ingresos y gastos de 2016 del Partido Verde Ecologista de México en Puebla.

En el recurso de apelación 28/2017 los magistrados señalaron que el partido no proporcionó elementos que acreditaran que efectuó el pago de las contribuciones ante las autoridades hacendarias (impuestos).

Agregaron que la resolución combatida se emitió conforme a derecho, pues se tomó en consideración su situación económica real para establecer de manera puntual el monto que por financiamiento habrá de recibir y las cuentas pendientes por pagar.