La juez federal, Naomi Reice Buchwald, dictaminó que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, no podrá bloquear a nadie en su cuenta personal @realDonaldTrump. Para la magistrada, ese espacio forma parte del foro público y como tal no puede escaparse de la Primera Enmienda, adoptada en 1791 para proteger la libertad de expresión: “bloquear a los demandantes por sus opiniones políticas supone una forma de discriminación”, ha escrito.

Bajo este razonamiento, la juez de Nueva York pide al presidente y su equipo que pongan fin a esta práctica. "Dado que ningún cargo gubernamental está por encima de la ley y porque todos están obligados a seguir la ley una vez que el poder judicial ha establecido qué es la ley. asumimos que el presidente y [Daniel] Scavino [director de redes sociales de la Casa Blanca] remediarán el bloqueo que hemos considerado inconstitucional", afirma.

El caso surgió en marzo pasado cuando siete ciudadanos e instituciones demandaron a Trump por haberles bloqueado. La medida les impedía ver o responder a los mensajes de su cuenta. Es decir, les arrebataba la posibilidad de saber lo que expresa el presidente, pero también la capacidad de hacer públicas en la misma cuenta sus opiniones al respecto. Entre los demandantes se hallaban el Centro Knight para la Primera Enmienda, de la Universidad de Columbia, y particulares como Philip Cohen, un profesor de Sociología de la Universidad de Maryland, bloqueado en junio de 2017 después de que contestara a un mensaje del presidente con un texto que decía: “Corrupto, incompetente, autoritario”.

Los abogados de Trump alegaron que el presidente tenía derecho a decidir con quien compartía su espacio y que la analogía con la Primera Enmienda era incompleta. Como ejemplo señalaron que, del mismo modo que el presidente no tiene por qué quedarse en un acto público junto a quien le grita, tampoco en Twitter está obligado a escuchar a quien le ataca. Y que de ello no se sustrae ningún menoscabo a la libertad de expresión.

En la vista preliminar, la juez Buchwald, elegida en la presidencia de Bill Clinton, ya señaló que había una solución intermedia: silenciar, en vez de bloquear. Un mecanismo que le evitaría al presidente la lectura de respuestas críticas pero sin impedirlas en origen.

"No se vulnera  el derecho de una persona a hablar cuando el Gobierno simplemente ignora a esa persona mientras escucha a otras o amplifica una voz por encima de otras. Silenciar, por tanto, preserva la capacidad del silenciado de responder a un tuit, pero bloquear impide al bloqueado ver o replicar por completo a los tuits", concluye la magistrada. Ni la Casa Blanca ni Trump han contestado aún a la sentencia.

Con información de El País.