El dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Javier Casique Zárate, advirtió que ante el retraso que ha habido por parte del Instituto Electoral del Estado, como del Congreso del Estado para emitir las convocatorias para las elecciones extraordinarias en cinco municipios, comienzan a presentarse conatos de violencia.

En entrevista dijo que de acuerdo a los reportes que tiene, hay problemas en los municipios en donde se anularon las votaciones y es urgente que se acelere la organización de las elecciones extraordinarias, señaló.

Dijo que la designación de los Concejos Municipales generó la molestia de los habitantes de Cañada Morelos, Ahuazotepec, Tepeojuma, Mazapiltepec de Juárez y Santa Clara Ocoyucan, quienes han acusado la imposición de sus integrantes y esto ha impedido que realicen sus funciones.

El presidente estatal del PRI comentó que en el municipio de Cañada Morelos se registró un brote de violencia que puso en riesgo a la población por lo que demando al Instituto Estatal Electoral  que comience con los trabajos para la reposición de los comicios y se elija a los nuevos alcaldes y regidores.

"En Cañada Morelos hubo un conato de violencia extrema, la quema de patrullas o una ambulancia, eso no genera la certidumbre que estamos pidiendo, lo que si hacemos hincapié es que es necesario que la elección extraordinaria en los cinco municipios sea lo más pronto", expresó.

Casique Zárate también pidió al gobierno federal y estatal que mientras se organizan las elecciones extraordinarias en estos cinco municipios desplieguen acciones que garanticen la paz y la tranquilidad en las localidades.

Sentenció que están trabajando en fortalecer al PRI en estas demarcaciones para ganar nuevamente las elecciones, puesto que en los comicios de julio pasado lograron la victoria en cuatro de ellos.

La designación de los concejos

El pasado 14 de octubre, minutos antes de las 12 de la noche, el Congreso del Estado designó a los concejos municipales se convocará a nuevos procesos electorales y aprobó la designación de los titulares de los cinco concejos municipales que no son vecinos de los municipios a fin de garantizar la neutralidad.

Para Santa Clara Ocoyucan será Rodolfo Huerta Espinosa; en Tepeojuma irá Julián Peña Hidalgo; Cañada Morelos, David Cid Huerta; Mazapiltepec Oswaldo de la Rosa Hernández; Ahuazotepec, Juan Carlos Hernández Morales.

Los concejos municipales estarán en el cargo por un período no mayor a cuatro meses y fueron designados por unanimidad.

Previo a las autoridades municipales, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó la anulación de las elecciones, y responsabilizó al Tribunal Electoral del Estado de no entregar a tiempo los expedientes.

E la Sala Regional, los magistrados resolvieron los juicios Ciudadanía 1141 y de Revisión Constitucional Electoral 236 y acumulados,  para revocar las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Puebla relacionadas con la elección de los ayuntamientos de Cañada Morelos y Ahuazotepec, respectivamente.

En las ponencias señalaron que en el caso de Cañada Morelos, solo pudo computarse válidamente la votación recibida en 19 de 25 casillas, lo que equivale al 24% de la votación total y genera que no haya certeza respecto a la voluntad del electorado del Ayuntamiento sobre quién deberá gobernarles.

En relación a la elección de Ahuazotepec, el Tribunal local debió considerar que la destrucción de los paquetes electorales de 4 casillas, ocasionó que la votación recibida en ellas no pudiera ser contabilizada para el cómputo final de la elección, además que las actas recuperadas en la instancia local conforme de otra casilla tienen inconsistencias que no permiten concederles valor probatorio.

En conclusión, las casillas cuya votación no pudo ser contabilizada, constituyen más del 20% del total de las casillas, con lo que se actualiza la causal de nulidad prevista en la normatividad aplicable.

Asimismo al resolver los Juicios de Revisión Constitucional Electoral 231 y 244, revocó parcialmente las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Puebla relacionadas con la elección de los ayuntamientos de Mazapiltepec de Juárez y Tepeojuma. En ambos casos, en plenitud de jurisdicción, la Sala anuló dichas elecciones.

De igual modo, en el Juicio de la Ciudadanía 1136 del año en curso y su acumulado, la Sala Regional Ciudad de México revocó la sentencia del Tribunal Electoral del estado de Puebla, que había declarado la nulidad de la elección del ayuntamiento de Tepanco de López, debido a que el INE determinó que el candidato ganador había excedido los límites a los gastos de campaña.