De los 11 partidos políticos con registro que hay en Puebla, sólo tres han cumplido con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, siendo PT y Verde Ecologista los que de acuerdo al ITAIP se encuentran en cero de las 30 disposiciones que marca la ley, por lo que podrían ser acreedores a multas por más de cien mil pesos.

El reporte del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Puebla (ITAIP) precisa que hay incumplimiento de los sujetos obligados, al tener en blanco o carente de información el sitio web, o bien la información actualizada  en la Plataforma Nacional de Transparencia.

Conforme al marco legal que entró en vigor con el nuevo Sistema Nacional Anticorrupción, se ampliaron las obligaciones para los sujetos.

En general los partidos políticos deben cumplir un total de 30 obligaciones específicas de transparencia, entre ellas dar a conocer su padrón de militantes, los convenios de participación con organizaciones sociales, y los contratos y convenios para adquirir o arrendar bienes y servicios, así como las minutas de sus sesiones, los responsables de los órganos internos de finanzas, las organizaciones sociales adherentes y los montos de las cuotas extraordinarias de sus militantes.

Los ocho partidos políticos que se encuentran en incumplimiento son De  la Revolución Democrática, Del Trabajo Encuentro Social, Movimiento de Regeneración Nacional, Nueva Alianza, Pacto Social de Integración, Revolucionario Institucional, así como Verde Ecologista de México.

Los datos del ITAIP muestran que los partidos Del Trabajo, así como Verde Ecologista son los que tienen el mayor incumplimiento de la norma.
 
Posibles multas a los partidos

Entre otras violaciones que señala la ley, está el incumplir los plazos de atención para responder las solicitudes de información; usar, sustraer, divulgar, ocultar, alterar, mutilar, destruir o inutilizar, total o parcialmente y de manera indebida datos personales, que se encuentren bajo su custodia; no contar con el Aviso de Privacidad; realizar actos para intimidar o inhibir a los titulares en el ejercicio de los derechos ARCO, entre otros.

Se establece que serán causas de responsabilidad administrativa por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley actuar con negligencia, dolo o mala fe durante la sustanciación de las solicitudes para el ejercicio de los derechos de Acceso, Rectificación y Cancelación de datos personales, así como la Oposición al tratamiento de los mismos (ARCO).

Por lo que podrían aplicarse sanciones a los sujetos obligados ya que en la ley se establece que el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Itaip) de Puebla podrá imponer como medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de sus determinaciones la amonestación pública o la multa equivalente a 150 hasta mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir de 11 mil 323 pesos a 113 mil 235 pesos.
 
La ley vigente

En Sesión Ordinaria el Pleno del Congreso del 24 de julio de 2017  se aprobó por unanimidad la  Ley de Protección de Datos Personales presentada por el Gobernador Tony Gali, misma que tiene por objetivo proteger adecuadamente los datos personales y que cualquier organismo que administre información sea responsable de su manejo, esta Ley fue trabajada por el ITAIP, la Coordinación General de Transparencia y el Congreso del Estado, dando cumplimiento al plazo establecido a nivel nacional.

Se precisó que dentro de los Sujetos Obligados se encuentran: el Poder Ejecutivo, sus Dependencias y Entidades, el Poder Legislativo y cualquiera de sus Órganos, el Poder Judicial y cualquiera de sus Órganos, los Tribunales Administrativos, en su caso, los Ayuntamientos, sus Dependencias y Entidades, los órganos constitucionalmente autónomos, los Partidos Políticos, Fideicomisos y fondos públicos.