Jueces y Ministerios Públicos podrían enfrentar sanciones en caso de que se nieguen a otorgar órdenes de restricción a favor de mujeres que son víctimas de violencia, en caso de que tras la denuncia no se otorgue la protección que entrará en vigor en los siguientes días, tendrían un procedimiento sancionador, anunció la diputada del Partido Encuentro Social, Mónica Lara Chávez.

En entrevista la legisladora recordó que se encuentra en comisiones una iniciativa para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, una vez que no hay una homologación con el marco federal.

Explicó que para enfrentar la ausencia de una política integral y la desarticulación de las acciones parciales que hay con relación a la perspectiva de género y la prevención que tiene la ley para prevenir atender y erradicar la violencia de género en el estado de Puebla, donde hay solo dos órdenes de prevención, que son las de emergencia y la preventiva, con la reforma al artículo 29 de la ley Para el Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia queda incorporado la de naturaleza civil y familiar.

Lara Chávez indicó que en esta reforma de naturaleza civil o familiar, se implementa la suspensión temporal al agresor del régimen de visitas y convivencia con los descendientes, la prohibición al agresor de enajenar o hipotecar bienes de su propiedad cuando se trate del domicilio conyugal, y en cualquier caso de bienes de la sociedad conyugal.

La posesión exclusiva de la víctima del inmueble que se tiene como domicilio, así como el embargo preventivo de bienes del agresor del agresor que se inscriben con carácter temporal que se inscriben en el Registro Público de la Propiedad. Además de la obligación alimentaria provisional”.

Dijo que lo anterior se refiere principalmente a proteger a las mujeres que son víctimas de violencia por parte de su pareja para que cuando vayan al Ministerio Público (MP) con el juez se puedan dictar las órdenes de protección, ya sean de emergencia, preventivas y de naturaleza  civil o familiar donde ellas con la orden se pueda prevenir que cuando ya la mujer fue agredida, regrese a su casa y no sea víctima de una nueva agresión.

Recordó que en esta circunstancia muchas veces las mujeres van denuncian, regresan y son incluso asesinadas, por ello es importante la orden de protección que sea dictaminada ya sea el juez o el ministerio público, además de que están contempladas.

Aclaró que lo que se está haciendo ya existe a nivel federal, y es importante no solo que se conozca, sino que la otorguen los ministerios públicos.

Sanciones a jueces

Precisó que en una reforma adicional se va a proponer que los ministerios públicos y los jueces que no la decreten cuando una mujer es víctima de violencia, y al regresar a su casa sufra un agresión que incluso llegue al feminicidio, tenga una repercusión directa con el funcionario que no la otorgó, ya que no se vale que si tienen los instrumentos jurídicos no lo estén llevando a cabo.

Se está cumpliendo con el objetivo que es legislar y dar las herramientas a los jueces y ministerios públicos para que puedan actuar”.

La también ex directora del Instituto Poblano de la Mujer, expresó que este tipo de casos le tocó vivirlos en la institución, ya que las mujeres eran apoyadas para denunciar, pero no se daba la orden de protección por parte de las demás autoridades y al regresar a su domicilio eran nuevamente violentadas.

Dijo que con las dos reformas que se plantean, las autoridades tendrán una responsabilidad para proteger a la víctima, además de que al darse a conocer que hay protección por parte de la policía, el agresor no se acercará al domicilio.