El adulterio, tal como lo marca la ley, es muy difícil de comprobar pues se necesita la comprobación del delito infraganti ‚Äîy con escándalo‚Äî, o en la casa conyugal, lo cual lo hace casi imposible. 
El Senado de la República aprobó por unanimidad derogar el Capítulo IV del Título Decimoquinto del Código Penal Federal, con lo cual se suprime el delito de adulterio. 
El capítulo suprimido imponía hasta ‚Äîlean bien, amantes de lo ajeno‚Äîdos años de prisión y la privación de derechos civiles hasta por seis años... ¬°siempre y cuando se produzca en el domicilio conyugal y los responsables sorprendidos infraganti! Casi imposible. 
Al hablar a favor del dictamen, el senador del PRD, Pablo Gómez indicó que el delito era meramente simbólico, pues es prácticamente imposible que en materia federal pueda haber una acusación penal por este ilícito.
"Se trata de una acción construida contra las mujeres, creado para mantener la propiedad de las mujeres de parte de los hombres, para llevar el grado de supeditación a extremos de propiedad", subrayó el legislador capitalino. 
A su vez, el presidente de la Comisión de Justicia, Alejandro González Alcocer comentó que es obsoleto, e incompatible con una sociedad de igualdad en derecho entre un hombre y una mujer, y hasta ahora intacto en el Código Penal, suprimido ya en la mayoría de los códigos estatales.
La derogación, presentada por el diputado Jorge Kahwagi en mayo del 2008, fue enviada por el Senado al Ejecutivo federal, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.