La Secretaría de Gobernación emitió dos acuerdos, uno que crea el Consejo Consultivo de Política Migratoria y otro que define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración (INM).

En el primer documento publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, señala que dicho acuerdo tiene como objetivo recoger las demandas y posicionamientos de los Poderes de la Unión, los gobiernos estatales y de la sociedad civil organizada.

Lo anterior, para ser considerados en la determinación de la política migratoria, en términos de la legislación aplicable.

El acuerdo que incluye 13 artículos y dos transitorios señala que el Consejo será presidido por el secretario de Gobernación, quien será suplido por el subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos, el titular de la Unidad fungirá como Secretario Técnico del Consejo.

El documento establece que el secretario de Gobernación, por sí o a través del subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos, convocará a la instalación del Consejo Consultivo en materia migratoria en un plazo que no mayor de 10 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, este lunes.

En el segundo acuerdo por el que se define la estructura del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, tiene como objetivo emitir opiniones, brindar asesoría y proponer acciones específicas en materia de la gestión de la política migratoria.

Dicho acuerdo que consta de 18 artículos y tres transitorios establece que los consejeros no deberán desempeñar cargo, comisión o empleo alguno en el servicio público a nivel federal, estatal o municipal, y/o desempeñar cargo o empleo alguno en un partido político.

El documento señala que el consejo estará integrado por dos representantes de organizaciones de la sociedad civil, vinculadas al tema migratorio, uno de organizaciones de la sociedad civil especializadas en los temas de derechos de la niñez y derechos de las mujeres, vinculadas al tema migratorio.

Aclara que el consejo contará con un presidente elegido anualmente por mayoría de votos de sus miembros, y podrá reelegirse por un periodo igual, y los integrantes permanecerán en su cargo dos años contados a partir de la fecha en que acepten la invitación, con posibilidades de reelección por un periodo igual.

Los integrantes del consejo serán propuestos por instituciones u organizaciones interesadas de conformidad con la convocatoria pública que realice el presidente en turno, la cual se publicará en el portal electrónico del instituto y, al menos, en un diario de circulación nacional con 30 días naturales de anticipación al proceso de elección.

El acuerdo que entrará en vigor a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial, señala que para la instalación del Consejo y por única ocasión, el secretario de Gobernación elegirá a los consejeros quienes permanecerán en su encargo por periodo de un año y no podrán ser reelegidos de forma subsecuente.

Al término de un año y por mayoría de votos, el Consejo decidirá quiénes serán los siete consejeros que habrán de permanecer en su encargo por un año más. El encargo de los seis consejeros restantes vencerá en el plazo de un año, contado a partir de la primera sesión del Consejo.

El documento precisa que el comisionado del INM convocará a la sesión de instalación del Consejo Ciudadano, en un plazo que no excederá de 15 días hábiles, contados a partir de que el secretario de Gobernación realice la invitación a que se refiere el artículo segundo transitorio del presente acuerdo.