Finalmente, el gobierno estatal dobló las manos y reconoce que no debió haber intervenido en la Casa del Torno en el barrio del Artista para construir la estación del teleférico, por lo que cambiarán la ruta para que baje cerca de Casa Aguayo.

Sin embargo, en entrevista, el secretario general de Gobierno, Fernando Manzanilla Prieto, insiste en realizar el proyecto, a pesar de las protestas y denuncias en contra del nuevo sistema de transporte.

Manzanilla Prieto fue claro: “Lo que si sabemos es que en esa estación —la del barrio del Artista— en especifico no se puede trabajar, no puede haber una estación en esa casa”.

La entrevista
El jefe del gabinete morenovallista finalmente reconoció los errores cometidos en la obra que costará más de 200 millones de pesos.

—¿Sabe si esta ruta estuvo mal diseñada?

—Yo lo que creo es que el INAH fue claro, nosotros dijimos que nos sujetaremos a cualquier definición por parte del INAH, que no se va a cancelar la obra, sino simplemente se parará hasta que hubiese una definición.

”Ellos han definido que esta casa no está sujeta a poder tener una estación ahí, ya que está dentro un barrio que ellos consideran que no puede ser intervenido de esa manera.

”Entonces eso no impacta al proyecto, puede funcionar perfectamente con la estación previa que llega a una zona cercana a Casa Aguayo, que entiendo es donde se va a hacer, y no presenta mayor desviación, que es la intención del proyecto, que era tener un teleférico que nos llevara de la zona de Los Fuertes a la zona ya muy pegada al Centro de Convenciones para que de ahí la gente pudiera caminar al zócalo o centro de la ciudad.”

—¿Fue mal trazada desde un inicio?

—Creo que eso ya le correspondería al secretario de Transportes definirlo, lo que sí sabemos es que en esa estación en especifico no se puede trabajar, no puede haber una estación en esa casa.

”Entonces tenemos que o bien seguir el proyecto más a la zona del Centro de Convenciones o quedarnos en la estación previa que entiendo es la estación de Casa Aguayo.”

—¿Con eso se comprueba que no hubo permisos de parte del INAH?

—No tengo información de qué hubo, lo que es claro es que en esa casa no se pueden hacer ese tipo de intervenciones.

—¿Hubo negligencia?

—No, eso ya es un calificativo.

—¿Tomada la decisión, retomarán las obras este mes?

—Con la definición del INAH ya seguimos adelante, ya sabemos que ahí no se puede, para concluir el proyecto, yo creo que estamos a poco tiempo de poderlo hacer.

En la víspera, el secretario de Transportes, Bernardo Huerta Couttolenc, anunció que la estación de descenso de la Casa del Torno será reubicada a la altura de la primera torre, situada en la esquina de 14 Oriente y 6 Norte.

Pero no señaló costos, mucho menos reconoció el error al derribar la vieja casona del fundador del barrio del Artista.

Lo que sí dijo es que mantiene reuniones en la ciudad de México con autoridades del INAH, las que tendrán que autorizar el nuevo proyecto y reiniciar las obras.

“Es posible la adecuación al proyecto en función de los hechos que nos ha planteado el INAH, sabemos que la reubicación sería a la altura de la primera torre”, señaló.

Sobre el proceso jurídico en el juzgado cuarto de distrito, señaló que el tema lo está llevando la Secretaría de la Defensoría Pública y Servicios Legales, y así evadió el tema de los juzgados.

Lo que sí dijo es que hay un compromiso de la Secretaría de Transportes con el INAH para restituir la Casa del Torno a su condición original.

Sin sanciones
A pesar de todas las irregularidades que han sido reconocidas, la Secretaría de la Contraloría (SC) no ha abierto ningún expediente en contra de la Secretaría del Transporte por la falta de permisos en la construcción del teleférico.

Intolerancia Diario reveló la respuesta a la solicitud 00074613 por medio de la Ley de Acceso a la Información; la dependencia a cargo de Patricia Leal Islas señaló que no se ha generado ningún informe sobre la construcción del teleférico a pesar de que no cuenta con permisos oficiales de construcción.

La pregunta hecha vía Infomex fue: “Favor de entregar los informes que encontró la dependencia en la construcción del teleférico y si encontró anomalías como la falta de permisos”.

La dependencia estatal entregó un documento en respuesta, firmado por Sergio Moreno Altamirano, titular de la Unidad Administrativa de Acceso a la Información de la SC, señalando inexistente la información solicitada sobre el teleférico.

“Al respecto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, con el propósito de proporcionar información a los interesado sobre los temas de carácter público, atentamente me permito hacer de su conocimiento que esta dependencia no ha generado ningún informe.”

Por lo tanto, la presidenta del comité defensor del patrimonio histórico, Rosalva Loreto, criticó la actuación de la SC de Puebla, que es la encargada de revisar todas las situaciones irregulares del gobierno estatal, sobre todo en obras públicas.

“Me parece increíble que la Contraloría no haya levantado acta por estas irregularidades, cómo es posible, está igual que el INAH, que no ha registrado anomalía, es increíble pasarse la ley”, dijo a Intolerancia Diario.

Apenas hace unas semanas, una vez terminada su comparecencia ante los diputados locales, la contralora Patricia Leal fue cuestionada por medios de comunicación sobre el teleférico pero no quiso contestar argumentando la Ley de Transparencia.

“Con fundamento en el Artículo 33 de la Ley de Transparencia, estoy impedida a hablar del tema que se encuentra en litigio. No lo digo yo, lo dice la ley”, dijo en su momento. Días después en la respuesta oficial no invocaron dicha legislación.

Ese mismo día, Patricia Leal se molestó cuando se le preguntó si estaba de esta manera protegiendo al secretario de Transportes, Bernardo Huerta Couttolenc, por su relación sentimental.

“Al inicio de esta gestión, el primer acto que yo llevé a cabo fue una excusa, una excusa que está publicada en el portal de Transparencia desde el día 1 de esta gestión, donde yo me excuso de conocer cualquier asunto que esté vinculado directamente con Bernardo Huerta”, dijo.

Por lo tanto, la funcionaria estatal rechazó que esté evitando que la Contraloría intervenga en el litigio que enfrenta la ST por la ejecución de las obras del teleférico sin contar con los permisos correspondientes del INAH.

Al respecto, Rosalva Loreto separó las cosas: “Es increíble que se pueda faltar a la ley. Es una relación personal entre Patricia Lean y Bernardo Huerta, no nos podemos meter en ella, pero sí vemos las funciones de la contralora y no cumple sus funciones”.

El paro
El 25 de enero de 2013, la justicia federal decidió suspender las obras del teleférico manera definitiva en la zona del barrio del Artista, luego de que se comprobó que se hizo sin permisos.

La jueza Yolanda Velázquez Rebollo, titular del juzgado cuarto de distrito en Puebla, informó sobre el juicio de amparo indirecto 1962/2012 que resolvió la suspensión definitiva solicitada por los quejosos Fundación Manuel Toussaint, AC, y Comité Defensor del Patrimonio Histórico Cultural y Ambiental de Puebla.

Sin embargo, el gobierno estatal podrá continuar con la construcción del teleférico en sus demás puntos.

Todo con respecto a la ejecución de la obra pública denominada teleférico, en la parte en que afecta el inmueble ubicado en el número 414 de la calle 8 Norte en el referido barrio, atribuida al secretario de Transporte, Bernardo Huerta.

El inmueble, que se encontraba protegido en el catálogo de monumentos históricos, fue totalmente destruido por las obras de la estación de la obra morenovallista, sin permisos del ayuntamiento ni del INAH.

Según un comunicado de la Judicatura Federal, se otorgó al haberse acreditado que el inmueble referido se encuentra oficialmente catalogado como monumento histórico, y que a la fecha la Secretaría de Transportes no cuenta con las autorizaciones correspondientes para la ejecución de la obra pública, materia del presente incidente.

“Se considera procedente conceder la suspensión definitiva solicitada para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.”

Los quejosos promovieron demanda de amparo en la que se ve afectada la casona, misma que se considera monumento histórico, por estimar que la autoridad no obtuvo la autorización necesaria por parte del INAH para afectar dicho bien.

“Se solicitó la suspensión respecto de la ejecución de la obra denominada teleférico de la ciudad de Puebla, en la parte que afecta al inmueble (…) se resolvió conceder dicha medida cautelar al considerar que fue solicitada por asociaciones que tienen interés para ello.”

Además refiere el comunicado que las autoridades responsables, en este caso la Secretaría del Transporte, no aportaron pruebas con las que se acreditara la autorización necesaria por parte del INAH para afectar dicho inmueble.

“Lo anterior, en virtud de que se encuentra contemplado dentro del catálogo de monumentos históricos inmuebles, elaborado por la Subdirección de Catalogación de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del INAH.”

Inclusive, señala que el edificio cuenta con la ficha con clave número 211140010185 y, por lo tanto, se encuentra protegido por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticas e Históricas y su reglamento.

“La suspensión definitiva se concedió para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado”, señala.

Lo anterior implica que no puede continuarse con la ejecución de la obra denominada teleférico, únicamente es en la parte que afecta al inmueble identificado, aunque en la realidad la casona ya fue destruida.

Al final del documento señala que el otorgamiento de dicha medida no implica que las autoridades estén impedidas para continuar con la ejecución de la aludida obra pública en la parte que no afecta al inmueble mencionado.

Dicha medida continuará vigente hasta que cause ejecutoria la resolución que decida el juicio de amparo en lo principal, o bien, hasta que las partes aporten pruebas que puedan modificar o revocar dicha determinación.