Integrantes de la organización 28 de Octubre, en rueda de prensa en el Distrito Federal, acusaron al gobierno de Puebla de criminalizar a todos sus opositores, al tiempo de señalar que mantienen a Simitrio en prisión, con una condena ilegal de prisión hasta el 2050.

La conferencia con medios nacionales fue organizada por el Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos), organismo civil que da seguimiento a violaciones de derechos humanos en todo el país.

Daniel Hernández, integrante de la Unión Popular de Vendedores 28 de Octubre, señaló que el caso de la aprehensión de Rubén Sarabia Sánchez, mejor conocido en Puebla como Simitrio, es un caso de tantos de represión del gobierno poblano.

De este modo, recordó situaciones graves como la de Chalchihuapan y los detenidos por el gasoducto, por lo que explicó que los afectados se han unido para combatir la represión.

Sobre el tema jurídico, el abogado de Simitrio, José Samuel Rojas, presentó a la prensa capitalina cuatro documentos, donde explica paso a paso cómo está el caso de su defendido y cómo fue no sólo reaprehendido, sino también condenado a 35 años de prisión más.

Uno de los documentos fue la copia del oficio de condiciones entregado en 2011, mediante el cual el gobierno de Puebla concedió a Simitrio, por procesos de 1989, el ejercicio de libertad preparatoria.

Señaló que en el mismo se explica que quedaría sujeto al gobernador del estado, y detallaba que le faltaban por compurgar 13 años, nueve meses de prisión que se cumplieron el pasado 11 de enero de 2015.

Asimismo entregó copia de la resolución del 18 de diciembre de 2014, donde la juez quinto de lo penal ordena la detención de Rubén Sarabia, sólo para hacerle saber el motivo de su nueva confinación.

“Es un absurdo que estando a disposición del gobernador, que una juez penal diga que es ella la que revoca, lo que equivale a que ustedes formulen testamento y que yo dijera que lo voy a revocar”, señaló.

Y explicó que las ilegalidades empezaron no sólo con la detención, sino con la forma de llevar el proceso, al aplicarle las reformas al código de procedimientos penales de 2011, aunque la misma ley prohíbe que se apliquen casos antes de ese año.

“El cuarto transitorio del código penal dice que las disposiciones no serán aplicables a asuntos que causaron ejecutoria antes del 18 de julio de 2011”, dijo.

“Sin embargo, en la resolución del 18 de diciembre de la juez quinto penal, se atribuye competencia para conocer un asunto de 1989, aunque no está facultada para ello”, dijo.

Señaló Samuel Rojas que el argumento de la juez es que, aun cuando el transitorio cuarto al código penal no lo dispone expresamente, “atendiendo al espíritu de esa reforma, se declara competente para conocer del asunto”.

Lo anterior, explicó, quiere decir que se basó sólo en el que a su parecer es el espíritu de la legislación, aunque no haya letra que así lo diga y si haya un artículo que prohíba que se analicen casos viejos.

Posteriormente, señaló que el Ministerio Público presentó un escrito el 18 de diciembre y la resolución de la juez es de la misma fecha, y Simitrio está en la cárcel el 19, al siguiente día.

Posteriormente, informó que la resolución del 9 de enero, dictada por la juez de ejecución de sanciones, dos días antes de concluir la sentencia de Simitrio, fue totalmente ilegal.

Y es que explica que aparece una exhumación de sentencias que tuvo en 1989 y 1990, las que ya estaban declaradas extinguidas, sin embargo, la juez las actualiza y aplica.

“La juez de ejecución, s un órgano del estado creado a raíz de la reforma. Antes no existía, antes quien disponía el manejo eran los ejecutivos, a través de las dependencias de Gobernación.

”Tendrían prohibición expresa de intervenir en asuntos de esos años. Pero la juez dice es competente fundando el cuarto transitorio, el que dice que no puede ventilarse asuntos antes, para la señora juez no hay problema”, señaló.

“La pena a la que está sujeto Simitrio se cumplirá hasta el año 2050, con este procedimiento, que realmente no está establecido en ninguna ley, sino un inmoral y disparatado trámite judicial, con eso se le está imponiendo la prisión”.

Explicó finalmente que todo se derivó a la solicitud del Ministerio Público, que observó que no hubo buena conducta en el estado de Tlaxcala de parte de Simitrio.

“Con ese argumento se inicia el trámite oficial de petición y acuerdo, sin que se le oiga y haga saber por qué, y recibir una nueva sentencia sin haber cometido ningún delito ni haber sido escuchado en juicio”.

Señaló que la detención para acallar a una persona, lo que está utilizando el gobierno poblano constantemente, es utilizar el derecho para sus fines políticos.