Mientras el presidente del Comité Municipal del PAN, Pablo Rodríguez Regordosa aplaudió el cateo realizado a la bodega de una imprenta ubicada en la 21 Sur 2308, al asegurar que era propaganda negra, pero que no la había leído, analistas en derecho indicaron que se violaron los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En rueda de prensa Pablo Rodríguez acompañado de la candidata suplente a la diputación federal, Patricia Leal Islas, responsabilizó al Partido Revolucionario Institucional de emprender una campaña negra en contra del PAN al ver que tiene perdido el proceso del próximo domingo.
En más de una ocasión el dirigente se refirió a los documentos decomisados por la Procuraduría General de Justicia como “propaganda negra”, y presentó fotografías de los paquetes donde presuntamente estaban.
Al ser cuestionado sobre el contenido de los documentos que la propia procuraduría presentó en un comunicado de prensa, mismos que van firmados por el Movimiento de Alternativa Social, así como Militancia Activa y Verdadera del PAN, grupos que si existen y han manifestado su inconformidad contra el gobierno de Rafael Moreno Valle, el dirigente repitió “es propaganda negra”
Se le insistió si está prohibido el manifestarse en contra de la privatización del agua, de las expropiaciones, de la represión, que son las leyendas de los documentos, simplemente respondió “no he leído ningún ejemplar”, y acto seguido pidió a la gente de comunicación social que enviarán a los reporteros el boletín que emitió la procuraduría.

El comunicado

El comunicado enviado señala: La Dirección de Protección Civil del Estado de Puebla realizó un operativo de supervisión y aseguró la bodega ubicada en la 21 sur 2308 de la colonia Volcanes en Puebla capital, perteneciente a la imprenta “Reproducciones Gráficas Avanzadas”. En el sitio, encontró material de propaganda negra, por lo que dio parte a la PGJ para iniciar la denuncia correspondiente.
Por lo anterior, la PGJ a través de la averiguación previa que se inició, investiga la posible comisión de conductas delictivas. Hasta el momento, el encargado del inmueble, en las primeras declaraciones refiere que el material fue enviado a producir al parecer por un representante del Partido Revolucionario Institucional. El declarante está en calidad de presentado.
Asimismo, al interior de la bodega, se halló material que se pretendía hacer pasar por impresiones del Partido Acción Nacional, por lo que también se investiga la falsificación de documentos.

Acción inconstitucional

Al ser consultados analistas en derecho, indicaron que de conforme a la primera lectura la Procuraduría General de Justicia violó la constitución, e indicaron que los afectados pueden interponer una denuncia por este hecho, además recordaron el contenido de la carta magna en torno a la libertad de expresión:
ARTICULO 7. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más limites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.