Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), notificara al Congreso del Estado durante la última sesión ordinaria que es ilegal que el cargo de agente subalterno sea honorífico, el exdiputado local Gerardo Mejía Ramírez, quien propuso la reforma para regular estas figuras, advirtió que el problema radicará ahora en pagar los salarios de quienes ocupan el puesto.
La SCJN envió la notificación al poder legislativo para reformar el artículo 111 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla con lo cual ya no será honorifico el cargo, por lo que los legisladores deberán hacer la reforma en los siguientes días.
En entrevista el exdiputado local, Gerardo Mejía Ramírez recordó que fue él quien propuso la reforma en el año 2012 ante los abusos que se cometían por parte de los agentes subalternos que durante más de treinta años no tuvieron ninguna regulación, y se presentaban denuncias por detenciones arbitrarias.
Explicó que estas personas se regían por usos y costumbres, asumiendo el papel de juez sin serlo, por ello se dio el arresto de personas que pasaban por una comunidad, y bajo el pretexto que violaciones a la ley los encarcelaban.
Mejía Ramírez dijo que la cifra de agentes subalternos es de uno por cada junta auxiliar, que son 620, pero hay que sumar los de los municipios pequeños que no tienen agencia del Ministerio Público, por lo que la cifra podría superar los 650.
Gerardo Mejía explicó que fue la delegación de la Procuraduría General de la República la que interpuso el recurso ante la SCJN, pero solo se está modificando la palabra honorifico, el resto queda igual.
Advirtió que ahora el problema será presupuestal ya que deberán pagarles a estos funcionarios, es decir serán más de 650 sueldos los que saldrán de la Procuraduría General de la República, sobre todo cuando se maneja que hay ajustes presupuestales.
Aclaró que los diputados tampoco pueden desaparecer la figura de agente subalterno pues la Procuraduría General de Justicia del Estado tendría que instalar agencias de Ministerio Público en todas las comunidades.

La regulación


Gerardo Mejía insistió en que no es un descalabro pues la regulación se mantiene, y expuso los puntos que siguen vigentes:
I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II.- No haber sido condenado por delito doloso;
III.- Gozar de buena fama en su lugar de residencia;
IV.- Tener como mínimo dos años de residencia en la región a que pertenezca;
V.- Acreditar haber cursado por lo menos la instrucción media básica;
VI.- Tener un modo honesto de vivir, no ser adicto a estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier sustancia que produzca un efecto similar, ni tener el hábito del alcoholismo;
VII.- No estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado por resolución firme como servidor público, en términos de las leyes aplicables;
VIII.- Tener veinte años de edad cumplidos al día de su designación;
IX.- Aprobar el examen de destrezas y conocimientos a que se refiere el artículo anterior;
X.- Aceptar ser sujeto de capacitación permanente conforme los cursos a los que sean convocados por la Procuraduría; y
XI.- Presentar y aprobar las evaluaciones de control de confianza previstas en las disposiciones aplicables.