La Comisión de Medio Ambiente aprobó por unanimidad la prohibición para la entrega de bolsas de plástico y popotes de un solo uso en establecimientos comerciales y de servicios,  se dará un plazo de 18 meses a partir de su aprobación y publicación para que entre en vigor la medida en los 217 municipios del estado.

La reforma aprobada tendrá que ser votada en el pleno durante el Segundo Período Ordinario de Sesiones que inicia el 15 de mayo, y se espera que sea votada antes del 22 de mayo para que el ejecutivo ordene la publicación en el Periódico Oficial del Estado a finales del próximo mes con lo cual sería a principios de diciembre cuando se sancione a las empresas que violen la medida.

En la sesión se aprobó dar un plazo de seis meses a los 216 ayuntamientos que no han realizado la reforma para que hagan cambios en los códigos reglamentarios y se especifiquen las sanciones correspondientes en caso de violar la medida, mismas que podrían variar de acuerdo al tamaño del municipio.

En el artículo 40 BIS de la Ley del Medio Ambiente del Estado de Puebla señala “Se prohíbe a los establecimientos el uso y entrega de bolsas de plástico a título gratuito u oneroso, para transportación, carga o traslado de productos o mercancías”.

“Los establecimientos deberán incentivar y brindar facilidades a los consumidores para llevar sus propias bolsas reutilizables o bien otros elementos que no sean de un solo uso, estando permitidas las bolsas de tela, canastas, redes, u otras hechas de material reutilizable, para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de productos o mercancías”.

La presidenta de la Comisión Nora Merino Escamilla señaló que quedan excluidas de esta prohibición aquéllas que se empleen por razones de higiene, salud o conservación de alimentos siempre y cuando sean hechas de material cien por ciento reciclable.

Señaló que los establecimientos a los que hace referencia el presente artículo comprenden a tiendas departamentales, de autoservicio, de conveniencia, restaurantes, farmacias y comercios en general.

En un artículo posterior se precisa que queda prohibido el uso, o entrega ya sea gratuita u onerosa de popotes de plástico derivados de combustibles fósiles en establecimientos. Pero se excluyen de esta prohibición los popotes que se empleen en hospitales o por cuestiones médicas.

Merino Escamilla explicó que se hicieron adecuaciones al documento para no violar la autonomía municipal, de ésta manera los Ayuntamientos deberán, en el ámbito de su competencia, emitir los reglamentos y programas municipales que coadyuven en la prohibición y eliminación del el uso, o entrega ya sea gratuita u onerosa, de bolsas y popotes de plástico derivados de combustibles fósiles.

Rechazan despidos

La legisladora rechazó que se vayan a presentar despidos masivos en las empresas, e indicó que por ello se adecuaron los artículos transitorios que señalan que para la transición progresiva de sustitución de bolsas de plástico para transportación, carga o traslado de productos, o mercancías; así como de popotes plásticos derivados de combustibles fósiles, se permitirá temporalmente el uso, o entrega ya sea gratuita u onerosa de aquellos productos elaborados con materiales biodegradables, quedando lo anterior, sujeto a la gradualidad establecida en el siguiente artículo transitorio.

En supermercados, tiendas de autoservicio, farmacias, tiendas de conveniencia, mercados, restaurantes y similares, en un plazo de dieciocho meses a la entrada en vigor del decreto.