De acuerdo con una nota periodística de la revista Proceso, se reveló que la gobernadora Martha Erika Alonso y el senador Rafael Moreno Valle murieron a las 17:25 del 24 de diciembre de 2018, es decir casi tres horas después de que se desplomara el helicóptero en el que viajaban. 

Según la transcripción que dio a conocer la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el pasado 28 de febrero, acerca de la comunicación que sostuvieron los pilotos del Agusta A109 y la torre de control, se estableció que la hora de la caída ocurrió entre las 14:36 y las 14:39 en terrenos de cultivo en Santa María de Coronango. 

El informe también reveló que la última comunicación entre la tripulación de la aeronave y la torre de control se dio al filo de las 14:35:40 y 14:39:29, donde ya no hubo respuesta a ninguno de los 11 intentos de comunicación que se realizaron. 

Pero, las actas de defunción de los exgobernadores, expedidas por el Registro Civil en Puebla y con los folios 697,411 y 697,413, se lee que ambos fallecieron a las 17:25 horas del 24 de diciembre pasado. 

En esa misma fecha, a través de Twitter, el presidente Andrés Manuel López Obrador escribió que había recibido información acerca de un accidente aéreo, “Por confirmar que iban la gobernadora Martha Erika Alonso y el exobernador Rafael Moreno Valle”, redactó el mandatario. 

No fue hasta las 17:29 que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) confirmó la información de los tripulantes, es decir, se corroboró la noticia cuatro minutos después de lo establecido por las actas. 

Las actas de defunción de ambos políticos quedaron asentadas en el Juzgado 01, Libro 5 y actas 972 y 976, el 25 de diciembre de 2018, estas fueron tramitadas por el ciudadano Guillermo Medina Álvarez y el abogado Alberto Peralta Merino, mismos que interpusieron la demanda por la cremación de los cuerpos a unas horas de haber ocurrido el percance. 

En las actas, se estableció que los certificados de defunción 180618708 y 180618704 de Alonso Hidalgo y Moreno Valle respectivamente, fueron expedidos por el médico Gerardo Josimar Martínez Martínez, con cédula profesional 9201315, mismo que habría realizado las autopcias de ambos. 

Al respecto, Peralta Merino indicó que ambos documentos fueron obtenidos para exhibirse en la audiencia de control por la demanda que presentaron para pedir la investigación de posibles responsabilidades de funcionarios que autorizaron la cremación de los cuerpos al presumir que se cometió el delito de desaparición de pruebas. 

Insisten en hipótesis de atentado 

Aunque la demanda quedó sin materia el viernes pasado, debido a que la audiencia no se realizó, el abogado aclaró que a través de otros ciudadanos se realizarán nuevas denuncias bajo los mismos términos, de esta forma buscan exigir que se investiguen las razones de la premura para desaparecer los cuerpos, cuando hasta ahora existe una carpeta de investigación donde no se ha descartado la hipótesis de un atentado. 

En el caso de la hora de la muerte de los exmandatarios, públicamente se sabe que ocurrió entre las 14:36 y las 14.39 horas, y no a las 17:25 como lo marcan las actas oficiales de defunción, el litigante también acusó que se trata de una de las irregularidades que han enrarecido el caso, podría tener otras implicaciones. 

Una de esta indica si realmente se realizaron las autopsias de los cuerpos, hecho que ya se había especulado, debido a la rapidez con la que se realizó el procedimiento, pues las necropsias de las cinco víctimas se realizaron en menos de 11 horas. 

La cronología

De acuerdo a la cronología, el cuerpos llegaron al Semefo a las 22:00 horas del mismo 24 de diciembre, y poco después de las 9 de la mañana del 25 salieron con rumbo a la Funeraria “Valle de los Ángeles”, para que a las 13 horas se realizara el procedimiento de cremación. 

Fue en enero que el Poder Judicial decidió clasificar como reservados los dictámenes de las necropsias de los cinco tripulantes de la aeronave. 

Peralta Merino consideró que por la hora en la que se asienta en las actas de defunción indicarían que ambos políticos lograron sobrevivir al desplome, sin embargo hasta ahora se sabe que esto no ocurrió. 

El abogado mencionó que existiría otro asunto de fondo, debido a los juicios sucesorios por la herencia de ambos políticos, ya que en el caso de Moreno Valle no dejó un testamento, mientras que Alonso Hidalgo sí lo hizo. 

Peralta Merino sostuvo que al ser fácilmente rebatible la hora de defunción que señala las actas, los abogados de ambos políticos podrían pedir ser llamados al juicio sucesorio uno del otro, pues por este “error” no se podría tener certeza de la “conmorencia”, es decir que murieron al mismo tiempo y se podría poner en duda la premuerte de cualquiera de ellos.

En las actas hay otras irregularidades, que dan cuenta de la premura con la que se llevó a cabo el procedimiento, como el domicilio del declarante Alfonso Nava Barraza, que en un acta declara domicilio en la 11 Sur 1212, y en la otra registra la 31 Oriente 1212, que es la sede de la Fiscalía del Estado.

Igual el hecho de que en un acta el nombre del médico forense, Josimar, aparece con una “s” y en la otra con dos.

Con información de Proceso