Las nuevas multas para vendedores ambulantes fijos, semifijos y toreros, además de artistas urbanos, se incrementaron hasta los mil 689.80 pesos, 20 Unidades de Medida de Actualización (UMA), aprobaron por unanimidad regidores en comisión de Gobernación incluirlas en el nuevo tabulador de infracciones.

En compañía del responsable de la Secretaría de Gobernación, René Sánchez Galindo los regidores recibieron la información de que los informales fijos, semifijos y los artistas urbanos en vía pública que violen el Coremun deberán pagar una multa que oscilará entre las seis a 20 UMA, convertidas a pesos equivalen entre 506 pesos a los mil 689 pesos.

Los ambulantes y artistas urbanos que incumplan la norma tendrán una infracción de las seis a 11 UMA; para el vendedor semifijo de 12 a 14 UMA; los giros no permitidos que alteren el reglamento recibirán un apercibimiento de 15 a 20 UMA, la disposición entrará en vigor a partir del primer día de enero 2020.

Ahora el monto de la mercancía asegurada es menor al rango de la multa, por ello la persona infraccionada no regresa por su mercancía y evita el pago de la infracción, situación que no sucede con los ambulantes semifijos, quienes sí tendrán que pagar una cantidad menor a la de sus compañeros.

Tarjetones nuevos

Los regidores aprobaron además la implementación de un tarjetón para comerciantes de mercados municipales y de apoyo, el pago por esa herramienta laboral será de 186 pesos.

El tarjetón va direccionado generalmente para los negocios de bajo impacto como puestos de verduras y en el caso de locales de venta de alcohol, comida, carnicerías y hasta estéticas, deberán contar con sus licencias de funcionamiento.

En los mercados municipales existen cinco mil 500 locales, pero únicamente se tienen contabilizadas 500 licencias, ante esa situación el presidente de la comisión de Gobernación, Iván Camacho Mendoza solicitó a René Sánchez un catálogo de los giros comerciales 10 días después de que se avale la normativa en Cabildo.

La adquisición del tarjetón o la nueva licencia se estableció un plazo de 30 días hábiles a partir de la autorización emitida por la dirección  de Abasto y Comercio Interior; pero vencido el plazo, la unidad de Normatividad y Regulación comercial verificará que los propietarios cuenten con ambas exigencias de lo contrario se  procederá conforme a sus atribuciones.

Además se  precisó en la  nueva normatividad que al seno de los mercados, los comerciantes no cuenten tengan en propiedad más de tres establecimientos o locales, pero esta nueva determinación no es retroactiva.