El secuestro de mascotas en Puebla será penado hasta con cuatro años de prisión y multas que podrían superar los cuarenta mil pesos, de acuerdo a la reforma propuesta presentada por el diputado Juan Pablo Kuri Carvallo, quien advirtió que éste delito ha comenzado a crecer en el estado.

El legislador advirtió que aprovechándose del afecto y de los vínculos sentimentales que establecen las personas con sus animales de compañía, la delincuencia organizada ha convertido al secuestro exprés de mascotas, en un negocio ilícito, poco denunciado, y muy lucrativo para los delincuentes, toda vez, que se valen de la extorsión para obtener dinero.

Kuri Carvallo dijo que en Puebla se ha escuchado que el secuestro de animales de compañía es un delito que se comete de forma reiterada, sin que existan medidas legales para frenarlas.

Indicó que el pasado miércoles en la sesión de la Comisión Permanente presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado a fin de sancionar la acción con la privación de la libertad.

Explicó que en la reforma se adiciona el artículo 475 del capítulo vigésimo cuarto, Delitos en Contra de los Animales del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como se lee a continuación: Al que prive de la libertad a cualquier animal de compañía, por el tiempo estrictamente  indispensable, con el propósito de obtener rescate o algún beneficio económico, se le impondrá de dos a cuatro años de prisión y de doscientos a quinientos días de multa.

El legislador comentó que a través de las redes sociales las familias afectadas que para liberar a un perro de raza Pomerania, Chihuahua, Schnauzer, Labrador o Bull Terrier, por mencionar las más cotizadas, los delincuentes exigen a los dueños pagos de más de 10 mil pesos.

Asimismo indicó que existen denuncias de asociaciones civiles, organizaciones de la sociedad civil y de familias en redes  sociales que no pueden ser debidamente investigadas, ni contabilizadas, ni resueltas, en razón de que no se encuentra tipificado este delito en el código penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.

Reiteró que esta situación genera una problemática en la que el ciudadano se encuentra obligado a pagar el rescate  para recuperar a su ser querido y, además en caso de que se presente una denuncia complica el actuar de las autoridades para la adecuada integración de las carpetas de investigación, así como para las consignaciones de manera adecuada, eficiente y eficaz.

Advirtió que con ésta práctica se afecta la libertad de las familias poblanas para realizar actividades de recreación con  sus animales de compañía; así como a aquellas personas que cuentan con algún tipo de discapacidad y que les es necesario el acompañamiento de animales para el adecuado desarrollo de su vida diaria.

Expresó que con el objetivo de seguir aportando propuestas que doten de herramientas jurídicas al Gobierno del Estado de Puebla, para la protección penal del medio ambiente, en el capítulo del maltrato animal, considero sumamente importante incorporar en la legislación penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, la conducta delictiva y la sanción respectiva, como consecuencia de la privación de la libertad de los animales para cometer el delito de extorsión.