La Secretaría de Trabajo y Previsión Social, en coordinación con la Secretaría de Salud, pusieron a disposición de centros de trabajo una guía para adoptar medidas enfocadas a la prevención y atención del coronavirus.
Destaca material de difusión, clasificación de riesgos para trabajadores por ocupación o condiciones de vulnerabilidad, así como una serie de prácticas de planeación, capacitación, prevención, protección y monitoreo.
Entre las medidas preventivas destacan:
- Lavarse las manos con agua y jabón frecuentemente o bien, usar soluciones a base de alcohol gel al 70%.
- Cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar, con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo.
- No escupir. Si es necesario hacerlo, utilizar un pañuelo desechable, meterlo en una bolsa de plástico, anudarla y tirarla a la basura; después lavarse las manos.
- No tocarse la cara con las manos sucias, sobre todo nariz, boca y ojos.
- Limpiar y desinfectar superficies y objetos de uso común en oficinas, sitios cerrados, transporte, centros de reunión, entre otros.
- Ventilar y permitir la entrada de luz solar.
Sana distancia
Comprende la modificación de hábitos, entre los que están, la distancia entre las personas y la disminución de la frecuencia y el encuentro cara a cara entre los trabajadores, entre los empleados y sus clientes y el público en general, incluyendo la adecuación de los espacios y áreas de trabajo conforme a las disposiciones relativas a la densidad humana máxima en ambiente intramuros y extramuros durante la epidemia por el coronavirus COVID-19.
Filtros de ingreso
Instrumentación de un filtro de supervisión general de ingreso de los trabajadores y clientes que permita la identificación de personal con enfermedades respiratorias, con el fin de remitirlas a su domicilio en aislamiento voluntario, para disminuir el riesgo de contagio.
Resguardo
Enviar al personal a casa cuando presenten enfermedades respiratorias y acudir al médico si se presenta alguno de los síntomas mencionados en esta guía.
Aislamiento
Separación y restricción del movimiento de un trabajador que se confirma el contagio de Covid-19, o la exposición al agente biológico infeccioso para evitar un ulterior contagio de la enfermedad en la comunidad.