Por decreto, los patrones están obligados a  garantizar la seguridad sanitaria de sus empleados, quienes a pesar de la contingencia provocada por el coronavirus deben continuar laborando, con ello prevenir que sean contagiados.

El decreto ya fue publicado la tarde de este jueves, en el que se advierte que "con la finalildad e evitar la cadena de transmisión (propagación y contagio) del virus Covid-19, determina  las medidas mínimas de seguridad sanitaria que deben garantizar los patrones o empleadores de manera obligatoria en todos los establecimientos que fueron objeto de permisibilidad", cita el decreto.

Estas medidas se orientan a los mercados, supermercados, negocios de venta de productos de la canasta básica, alimentos, instituciones de crédito que prestan servicios al público, materias primas, cafeterías, en general venta de alimentos en el sitio o por entrega a domicilio, así como las que deben garantizar en cualquier tipo de establecimiento, se refiere en el documento consultado por Intolerancia Diario.

Además los patrones deben tomar medidas de desinfección o sanitización de espacios, ventilación adecuada, además deben contar con cubre bocas y deben lavarse constantemente las manos o bien usar gel antibacterial.

"Todas las personas prestadoras de servicios o de atención a clientes que tengan contacto con alimentos o cualquier producto de uso doméstico deberán cumplir con las medidas básicas de  seguridad sanitaria", se cita.

El decreto especifica que los empleados quienes trabajen en edificios, condominios o fraccionamientos deberán cumplir con las medidas de seguridad sanitaria correspondiente.

Además se especifica que todos los empleados, así como los consumidores deberán usar gel antibacterial y lavado de manos.