La Red Plural de Mujeres demandó instrumentar patrullas naranja, luego de que en Puebla, la violencia de género en todas sus modalidades distintas a la violencia familiar, registró incrementos de 23.4% y de 100.7% respectivamente, según el último informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

De acuerdo al organismo, de enero a mayo Puebla Capital ocupa el 4°Lugar en los primeros 100 municipios con los delitos de feminicidio según los reportes del SESNSP

La Red Plural de Mujeres en el Estado de Puebla hizo entrega al Gobierno del Estado, el protocolo para la atención de Mujeres durante el confinamiento provocado por la pandemia.

En la propuesta que se presenta y con datos ya mencionados hablan de la urgencia de atender y aplicar este protocolo a mujeres que se encuentran confinadas con sus agresores, donde se estipulan los siguientes puntos para su atención y ejecución de manera inmediata

Entre ellos se encuentra el hacer campañas constantes de visibilización con relación a los tipos de violencia que existen: Psicológica, Física, Económica.  Patrimonial  Sexual.

Dentro de las estrategias se pide buscar comunicación que garantice la difusión de la información en medios locales, redes sociales, y medios alternativos. Difundir la información en las lenguas indígenas que se hablan en Puebla (Náhuatl, Totonaca, Popoloca, Mazateco Fuente: INEGI Censo de Población y Vivienda 2019). Asimismo, garantizar que la misma sea correspondiente a la lengua y al contexto de la región o comunidad.

En las propuestas del protocolo para una ruta de segura para las mujeres que hable de cómo resguardar su documentación oficial, la de sus hijos/as, se sugiere la implementación de patrullas naranjas que consiste en darles una bolsa de color naranja que contenga un sticker del mismo color que puedan colocar en su puerta, y en caso de sufrir agresiones, se puedan identificar fácilmente, teniendo ya previamente su documentación resguardada.

Brindar en todo momento acompañamiento, seguimiento jurídico y psicológico con perspectiva de género. Se considera también dentro de esto protocolo la participación de la fiscalía General del Estado. Campaña de difusión de un directorio con dirección, números telefónicos, whats app, página oficial, y medios electrónicos a donde puedan comunicarse, solicitar apoyo y denunciar algún tipo de violencia.

Al acudir al ministerio Público para denunciar se soliciten las órdenes de protección y se garantice su aplicación para separar al agresor del domicilio en términos del artículo 137.

Salvaguardar los derechos de las víctimas mujeres y niñas, de ser protegidas, a través de as siguientes medidas de protección:

El ministerio público deberá ordenar: La Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima u ofendido.

Limitación para asistir o acercarse al domicilio de la víctima u ofendido o al lugar donde se encuentre. Separación inmediata del domicilio.

La entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de identidad de la víctima que tuviera en su posesión el probable responsable. La prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a la víctima u ofendido o a personas relacionados con ellos Vigilancia en el domicilio de la víctima u ofendido.

En tanto la policía, deberá brindar auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales, al domicilio en donde se localice o se encuentre la víctima en el momento de solicitarla. Traslado de la víctima a refugios o albergues temporales, así como descendientes (hijos). El reingreso de la víctima a su domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad.