En la conferencia matutina de este miércoles en Palacio Nacional, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, fue cuestionada sobre el futuro a mediano y largo plazo acerca del aborto legal en México.

En ese sentido, la funcionaria federal consideró que los derechos de las mujeres no formarán parte del tradicional ejercicio de la llamada Cuarta Transformación, es decir, la consulta ciudadana.

Sánchez Cordero descartó que la legalización de la interrupción del embarazo en México se trate como un tema de análisis social, pues es un tópico que le corresponde a los términos legales que favorezcan a las mujeres en el país.

"Es que no se van a consultar derechos, se van a establecer tipos penales (...) Los derechos no son discutibles, están en la Constitución, en las convenciones internacionales. Lo que se va a discutir son los tipos penales, la tipología penal y la criminalización o no de una conducta".

La pregunta salió a colación en el Salón Tesorería luego de que el último día de 2020, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), dejó ver entre líneas que se podría hacer una consulta ciudadana sobre el tema después de que Argentina despenalizó el aborto.

La titular de la Secretaría de Gobernación recalcó que el aborto en México será impulsado por mujeres para las mujeres a través de sus representantes, pero sobre un tipo penal específico.

Al abordar ese posible escenario, Olga Sánchez Cordero señaló que para crear un código nacional único, se requiere una reforma a la Constitución Mexicana, específicamente del artículo 73.

"Creo que esta será muy interesante porque no solo va a estar en discusión la despenalización dentro de los primeros tres meses para el aborto, sino otro tipos penales. Por ejemplo, una vez que se regularice el tema de la cannabis, estará en discusión un tema importante sobre la criminalización o no de la venta", indicó.

¿A qué se refiere el artículo 73 de la Carta Magna?

El Congreso de la Unión podrá expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades enunciadas en aste artículo, y para emitir y armonizar el resto de sus potestades y las demás concedidas por la Constitución a los Poderes de la Unión.

En México, la interrupción del embarazo es castigado con prisión en 30 estados del país con excepción de la Ciudad de México y Oaxaca, este último, aprobado a mediados de 2019.