El Congreso de Sinaloa, con 23 votos a favor, aprobó reformar los artículos 40 y 165 del Código Familiar con el objetivo de permitir el matrimonio y concubinato igualitario.

En sus redes sociales, el órgano legislativo indicó que las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Gobernación, Derechos Humanos y Equidad, Género y Familia aprobaron las reformas al Código Familiar del Estado de Sinaloa para extender estas figuras.

En un comunicado, el congreso sinaloense dijo que, con estas reformas, "el Poder Legislativo sinaloense hace efectivos los derechos a la igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

En el Código Familiar se aprobó establecer que el matrimonio es una institución por medio de la cual se establece la unión voluntaria y jurídica y de dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones.

Y el concubinato es la unión de dos personas, quienes sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hacen vida en común de manera notoria y permanente durante dos años continuos o más.

 

El órgano legislativo local precisó que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha resuelto diversos precedentes en los que, de igual manera, "ha determinado que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo".

El Ejecutivo del Estado contará con un plazo de sesenta días naturales para adecuar sus disposiciones reglamentarias a lo establecido, y se deberán adecuar los formatos de actas de matrimonio emitidas por el Registro Civil.

Debido a esta aprobación, grupos de personas en contra del matrimonio igualitario se manifestaron con rezos a las afueras del congreso sinaloense.

Con información de Nación 321.