Ante la intención de algunos ciudadanos de que buscarán el amparo en contra de la disposición de sólo permanecer cuatro horas en un espacio regulado por los parquímetros, especialistas consultados precisaron que es facultad de los ayuntamientos el reglamentar el uso de las vialidades, y el problema podría estar en el cobro por horas completas y por fracciones cuando el espacio se ocupado por menos de una hora.

De acuerdo con el abogado, maestro en derecho, Gerardo Saravia, indicó que desde su  perspectiva, la Constitución de los  Estados  Unidos Mexicanos establece , garantiza y protege el derecho al libre tránsito por todo el territorio nacional, sin necesidad de salvoconducto o algún otro documento para ello.

“Ciertamente la vía pública implica, por una parte, las vialidades, calles, avenidas, caminos; ya sea urbanos, semiurbanos o rurales, y por otra parte el espacio público como lo son  jardines, parques, plazas, zócalos, edificios, en sí lugares en donde todas y todos podemos desarrollar diversas actividades  sociales , propias de la comunidad”.

El abogado advirtió que no obstante, debe tomarse en cuenta la necesidad de reglamentar tales espacios y vialidades, con base en criterios de orden y proporcionalidad, a fin de que todo el mundo, pueda disfrutar de dichos espacios o lugares de manera adecuada y equitativa, lo que significa una distribución de justicia social, equidad y proporcionalidad.

Advirtió “Lo contrario implicaría que sólo unos cuantos se apropiaran de estos lugares para su beneficios exclusivos y se traduciría en la exclusión del resto de la sociedad. Aquí el asunto central estriba en la disponibilidad de espacios y la oferta y demanda de los mismos”.

Dijo que además, habría que analizar los criterios bajo los cuales se establece que por cada vehículo, solamente podrá ocuparse el servicio o derecho de parquímetro por un máximo de cuatro horas por día.

Comentó que no vería tanto el problema, al menos de entrada, en que el máximo de tiempo sea de cuatro horas, y explicó donde ve el tema es  de los que se estacionen 15, 20, 35 minutos o menos de una hora.

O sea el tema es que las fracciones te las cobrarán como si fueran horas completas, cuando lo proporcional lamente correcto es cobrar por el tiempo que lo uses efectivamente o un Aproximado menos lesivo”.

“Es como cuando en los celulares te cobraban tres minutos por una llamada de un minuto o cuando te cobraban todo el minuto aunque te tardarás menos en la llamada”.

Señaló que ahora el cabildo deberá proceder a reformar el Reglamento de Vialidad del Municipio de Puebla, para que cuente con legalidad la operación de los parquímetros.