Aunque hay algunos avances en el protocolo de intervención institucional para niños, niñas y adolescentes en situación de calle y cruceros del Estado de Puebla, se ven algunos obstáculos en el discurso institucional y en percepciones culturales y sociales.

El encargado del área de Orientación Jurídica y Social del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría de la IBERO Puebla, Roberto Rosete Guzmán, dijo que, se observan algunos inconvenientes en la publicación del protocolo.

“Todavía hay medidas institucionales estatal y en algunos municipios, de intervención asistencialista a este grupo de personas, pero ya no debería suceder así, sino debe haber un enfoque integral de intervención que tome en cuenta el contexto de derechos humanos en que se encuentran”.

Roberto Rosete Guzmán señaló que, contrario a eso, debe prevalecer la visión desde los derechos humanos, que se aplica con algunos avances desde la publicación de la ley en la materia, a nivel general y estatal.

Puso de ejemplo, que la mera coordinación institucional ya es un gran avance, pero todavía no se ve implementado y no hay formas de saberlo, porque no se conoce el diagnostico para realizar el protocolo, “falta información y transparencia al respecto”.

El especialista señaló que el enfoque adecuado de tratar a los niños, niñas y adolescentes en situación de calle y cruceros, es el de derechos humanos, que más que verlos como personas inmaduras e incompletas, se les reconoce como sujetos de derechos humanos.

“Que sepan que tienen derechos y responsabilidades apropiados para su edad y que tiene capacidades para participar en la realidad en que viven y en sus proyectos de vida, tienen su propia visión y opinión del mundo que le rodea”.

Rosete Guzmán, dijo “hay que reconocerlos como sujetos de derechos humanos y su atención no es voluntario del Estado, sino una obligación estatal implementar esta protección establecida en el artículo 19 de la convención americana sobre Derechos Humanos”.

Y es que, en ese articulado, dice “todo niño, niña y adolescente, tiene derecho de recibir las medidas especiales de protección que por su condición requiere”, mandato también contenido en la convención sobre los Derechos del Niño.

“Hay que partir de esa concepción del Estado, que es una obligación proteger los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, podemos ver que se desprenden otras obligaciones como la de participar y ser escuchado”.

Lamentó que, en el protocolo de intervención, no se detalle si les dieron algunas vías para garantizar su derecho a ser escuchados, que se tomen en cuenta sus opiniones y lo que digan al respecto.

“Este protocolo es poco transparente, ni siquiera está publicado y no se puede justificar que no les hayan dado el derecho, porque existen distintas herramientas para garantizarlo, como consultas directas a niños, niñas, adolescentes en situación de calle y talleres participativos”.

El encargado del área de Orientación Jurídica y Social del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría de la IBERO Puebla, dijo, “es difícil determinar el tiempo para consolidar la visión de respeto a los derechos humanos”.

"Y es que, no solamente son personas que viven en la calle o que trabajan en la calle, sino que están en contexto de marginalización económica, que estén mas vulnerables de ser victima de maltrato infantil y de explotación sexual”, finalizó.