Validar la participación del ejército en tareas de seguridad pública es un ejemplo de la condescendencia que ha tenido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hacia el gobierno federal encabezado por Andrés Manuel López Obrador.

Así lo refirió el rector de la Universidad Iberoamericana de Puebla, Mario Ernesto Patrón Sánchez, en su más reciente columna, en donde critica la presunta tibieza del máximo tribunal del país.

Para Mario Ernesto Patrón Sánchez, rector de la institución jesuita, la SCJN ha dejado de lado sus convicciones respecto a la militarización del país.

A decir del académico, la SJCN no mantuvo su postura contra la militarización en el territorio nacional que expresó en el 2018, antes de la llegada del político tabasqueño.

Recordó que en esa época, la Corte declaró como inconstitucional la Ley de Seguridad Interior promovida en la Cámara de Diputados, bajo el argumento de que los legisladores no tenían la competencia para analizar y votar ese tema. 

Patrón Sánchez resaltó que, en ese momento, la SCJN sí actuó como un contrapeso al poder, así como una institución garante de los derechos humanos. 

Sin embargo, acusó que ahora modificó su postura y avaló el planteamiento de López Obrador respecto al desempeño de las fuerzas armadas en el país. 

Explicó que la Corte determinó  la validez del decreto presidencial con el argumento de que esta facultad estaba establecida en un transitorio de la reforma a la Ley de la Guardia Nacional, "por lo que no contraviene al principio de división de poderes ni supone una invasión a las facultades del poder legislativo".

Así, el rector de la Ibero Puebla señaló que el órgano de justicia ha olvidado sus anteriores convicciones y ha mostrado otro talante.

Acusó que la Guardia Nacional es el inicio de la militarización en el territorio mexicano, a pesar de que en sus inicios se propuso como una vía para facilitar la transición hacia un enfoque de seguridad ciudadana. 

Asimismo, el rector de la Ibero sostuvo que la Corte también fue tibia al no eliminar la prisión preventiva oficiosa salvo con algunas excepciones, entre ellas, los delitos fiscales.

En consideración del académico, lo anterior es violatorio de la presunción de inocencia y recordó el caso de García Rodríguez y Reyes Alpízar, un caso de prisión preventiva que se ha extendido por más de 17 años y que en 2021 llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Expuso que la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar que tiene como finalidad procurar la protección a las víctimas y el debido proceso judicial. 

Sin embargo, señaló que eso no da cabida para respetar el derecho de presunción de inocencia, "por lo que tiene un carácter de excepcionalidad".

Patrón Sánchez manifestó su deseo que, ante el cambio de timón en la SCJN, el cual se efectuará en un mes, el máximo tribunal del país vuelve a ser un contrapeso al poder