Ante la aprobación de la Ley Monzón, el académico de la Ibero Puebla, Roberto Rosete Guzmán, señaló que, el contenido de la ley en relación con el respeto a los derechos humanos, porque hicieron una propuesta de elementos mínimos para analizarla.

El integrante del área de Orientación Jurídica y Psicosocial del Instituto de Derecho Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE), dijo, “no se adecua al principio de pérdida de la patria potestad por feminicidio”, por eso, hay que ampliar el debate.

Ante eso, la responsable del Observatorio de Violencia Social y de Género del IDHIE, Ana Gamboa Muñoz, dijo que, de aprobarse, representa una forma de entender que la justicia para las mujeres tiene que ver con acciones integrales y no solamente legislativas.

Y es que, dijo, se tiene que se traducir en acciones operativas de protocolos, pero también en la comunicación intersecretarial en los distintos órdenes de gobierno.

Por eso, también significa identificar que la violencia contra las mujeres tiene que ver con un tema de salud pública que debe ser atendido no solo desde el Congreso del Estado.

Entonces, aseveró, debe permitir un primer acercamiento o una medida combinada con los familiares de víctimas de feminicidio para identificar que estas modificaciones no solo respondan a un caso en particular como el de Cecilia Monzón sino que respondan a necesidades integrales.

"Que la ley responda a necesidades diversas, de otras familias también víctimas de feminicidio que han tenido la misma situación y que no han tenido las repuestas legislativas".

Ana Gamboa, dijo que, es una invitación a los diputados, quienes están discutiendo esta iniciativa, que se acerquen a los familiares y a expertos en Derecho Familiar, Penal y Constitucional.

Para Roberto Rosete, la nueva ley se tiene que vincular con el protocolo nacional de atención a la niñez y la adolescencia por orfandad y feminicidio que implica la atención de otros derechos de la niñez y la adolescencia.

Todo eso, no solamente cuando ya hay una vinculación a proceso o una sentencia, sino de vincular la propuesta y considerar otras hipótesis amplias del proceso penal.

“Por ejemplo, cuando hay una víctima de feminicidio aún no hay ni siquiera una carpeta de investigación o está a punto de abrirse, no hay una vinculación a proceso y entonces indicar cuales son los pasos para identificar si está en riesgo”.

Lo anterior, con la finalidad de emitir las medidas urgentes o especiales y proteger de forma debida a la niñez y la adolescencia y en su caso restituir y reparar los derechos de niñas, niños y adolescentes por feminicidio.

“En ese sentido, se tiene que ampliar el debate e identificar las responsabilidades del DIF a través de la procuraduría de protección a la niñez y a la infancia”.