Un Tribunal Colegiado determinó por unanimidad que Los Alegres del Barranco deben abstenerse de interpretar narcocorridos en eventos públicos dentro de Michoacán, al considerar que este tipo de música fomenta la apología del delito, conforme al artículo 208 del Código Penal Federal.

Los magistrados Miguel Ángel Mancilla Núñez, Mario Oscar Lugo Ramírez y Darío Carlos Contreras Favila revocaron un amparo que previamente les había sido concedido por un juez federal, reactivando la prohibición estatal vigente desde el 16 de abril de 2025.

La medida no impide a la banda presentarse, siempre y cuando evite canciones que alaben o mencionen a grupos delictivos o sus líderes.

El caso se intensificó tras un concierto en Jalisco, donde proyectaron imágenes de “El Mencho” y “El Chapo” durante la interpretación de “El del palenque”, hecho que generó una investigación por apología del narcotráfico y llevó a la congelación de 5.8 millones de pesos relacionados con ese evento.

En Jalisco, el proceso legal incluye acciones que prohíben a la banda salir del estado y la cancelación de presentaciones en la Ciudad de México y Estados Unidos, después de que se revocaran sus visas de trabajo.

Este episodio forma parte de una tendencia nacional: estados como Aguascalientes, Jalisco, Veracruz y Michoacán han restringido narcocorridos.

Expertos advierten que estas restricciones pueden ser contraproducentes, pues podrían reforzar la fascinación del público y dificultar la discusión sobre la “narcocultura” frente al concepto de “narcoficción”.