Una diligencia de careos entre tres exelementos de la desaparecida Policía Judicial del Estado (PJE), sentenciados por los delitos de abuso de autoridad, secuestro y homicidio, cometido en agravio del empresario Antonio Ramírez Rodríguez y de quien en vida se llamó Ricardo Ramírez Rodríguez, es la frágil línea que dificultó que el Tribunal Primero de lo Colegiado pudiera ratificar la sentencia de 36 y 41 años de prisión en contra de dos los tres detenidos desde marzo de 2008 en el Centro de Reinserción Social (Cereso) de San Miguel.
El documento que contiene el falló dictado por el juez primero de lo Penal en contra de José Díaz Salinas, José Carlos Quiterio y Rolando Contreras Chang, por los hechos ocurridos el jueves 31 de enero del 2008, no contiene la diligencia de careos que debió celebrarse entre los tres detenidos, el agraviado —Antonio Ramírez Rodríguez— y los testigos; y dentro del expediente existen contradicciones entre todos, que deben de ser aclaradas.
Sobre los careos se dijo por parte de los familiares del empresario asesinado en los separos de la desaparecida PJE que ellos mismos a través de sus abogados habían solicitado en su momento que se realizaran los careos correspondientes, sin embargo, los abogados de los ahora sentenciados y estos mismos se habían negado a carearse, invocando que son ellos los que deberían de solicitarlo “si así les convenía”.
La falta de esta diligencia llevó a los magistrados del Tribunal Primero de lo Colegiado a no ratificar la sentencia y a solicitar la reposición del proceso para que se realicen los careos entre los tres judiciales sentenciados, el empresario que sobrevivió a su secuestro, además de testigos y todos los que tuvieron conocimiento de lo ocurrido el 31 de enero del 2008.
Del proceso en contra de los judiciales existen las pruebas de que Ricardo Ramírez Rodríguez fue “levantado” por los agentes adscritos a la Subdirección Operativa de la PJE, sin que hubiera alguna orden girada por alguna autoridad competente, que fue ingresado a los separos de la corporación, ubicada en el antiguo edificio de la 31 Oriente y bulevar 5 de Mayo, donde falleció como consecuencia de una broncoaspiración motivada por golpes de tortura, lo que fue ratificado por un médico especialista en medicina forense y ratificado por un tercero en discordia, del mismo Tribunal Superior de Justicia de Puebla.
Existen pruebas de que el empresario Antonio Ramírez Rodríguez fue secuestrado la tarde del 31 de enero del 2008 a la salida de un hospital de la zona del Angelópolis, por elementos de la PJE que lo estuvieron paseando por diversos puntos de la ciudad para amenazarlo para que les entregara una fuerte suma de dinero por su libertad y la de su hermano, quien fue ingresado a los separos de la PJE.
Que cuando Ricardo Ramírez fue reportado como muerto, estos mismos judiciales que se llevaban a Antonio Ramírez le dijeron que “ya no había negocio”, que lo iban a matar y que se les escapó cuando se lo llevaran con dirección al municipio de Atlixco.
Para cerrar el proceso ahora sólo falta que se realice la diligencia de careos.