En los tres años que va del sexenio del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en el estado de Puebla se han reportado como desaparecidas a 403 personas.

De este modo, la entidad poblana se encuentra a media tabla de los 32 estados del país, al ser ubicado en el sitio 16 con más casos de desapariciones.

Así lo revelan estadísticas publicadas por TResearch Investigaciones en línea en el que se destaca que han desaparecido en México 27 mil 971 personas en el gobierno lopezobradorista.

El estado de Jalisco es el que encabeza la lista, al tener reportadas 4 mil 111 desapariciones, seguido de la Ciudad de México con 2 mil 491 casos y en tercer sitio el Estado de México, con 2 mil 461 personas no localizadas.

Se detalla que el 27 por ciento de las desapariciones son mujeres y el 73 por ciento hombres, según las estadísticas basadas en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas o no Localizadas (RNPDND) de la Secretaría de Gobernación (Segob) federal.

En el informe se hace un comparativo de personas desaparecidas en cada uno de los sexenios presidenciales, desde Carlos Salinas de Gortari a la fecha.

En el gobierno de Enrique Peña Nieto se presentó el mayor número de casos, al registrar 52 mil 948 casos, seguido del actual de López Obrador, cuando ya van 27 mil 971 desaparecidos.

Asimismo, en el sexenio de Felipe Calderón, cuando inició la ola de desapariciones, se registraron 16 mil 763 personas no localizadas, por 811 en la época de Vicente Fox; 167 con Ernesto Zedillo y apenas 8 con Salinas de Gortari.

El año 2019 es en el que más registro de no localizados se ha tenido en los tres años lopezobradoristas al registrar 9 mil 268 casos, por 8 mil 683 casos en 2020.

Para 2021 el número de casos de desaparecidos bajó a 7 mil 757 personas no localizadas en todo el país, según el informe.

 

La ley 

En septiembre de 2021, se publicó la Ley de búsqueda de personas del estado de Puebla, la cual es de orden público e interés social y de observancia general en el estado de Puebla.  

La misma tiene por objeto establecer las funciones y bases de coordinación entre las autoridades estatales y municipales para buscar a las Personas Desaparecidas o no Localizadas; esclarecer los hechos, y prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, en el ámbito de su respectiva competencia, así como los delitos vinculados previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. 

Esta ley define como persona desaparecida, aquella cuya ubicación y paradero se desconoce, independientemente de que su ausencia se relacione o no con la comisión de un delito; y la denuncia de desaparición como el acto mediante el cual, cualquier persona hace del conocimiento inmediato de la autoridad competente la probable desaparición de una persona.