El Tribunal Constitucional (TC) de Perú declaró hoy infundado el recurso de “hábeas corpus” presentado por la defensa del ex presidente Alberto Fujimori para anular la sentencia de 25 años de cárcel por la muerte de 25 personas.

Mediante una resolución, el TC respaldó la decisión de la Corte Suprema de mantener esa pena por los crímenes cometidos en la administración del ex gobernante (1990-2000), en el marco de la lucha contra el grupo maoísta Sendero Luminoso.

El Tribunal Constitucional declaró, por unanimidad, infundado el pedido de revisar la sentencia que se le impuso al ex gobernante por los delitos de crímenes de lesa humanidad en el caso de La Cantuta y Barrios Altos.

El colegiado del TC dijo que la decisión de la Corte Suprema estuvo basada en el principio de imparcialidad, con lo cual rechazó el argumento de Fujimori respecto que se había vulnerado el “debido proceso”.

Según la defensa de Fujimori, no se le permitió a éste acceder a una segunda instancia para “recusar” (impugnar la actuación) en el proceso a los vocales supremos que confirmaron su sentencia condenatoria por violación a los derechos humanos.

“El Tribunal Constitucional encontró plenamente constitucionales las resoluciones supremas cuestionadas a través de la demanda de hábeas corpus”, señaló el organismo en una resolución.

Precisó que la sentencia fue emitida en el marco del proceso penal en el que Fujimori fue condenado a 25 años de pena privativa de libertad por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.

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