La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la pena máxima en contra de Benjamín N, responsable de la muerte de los perros rescatistas “Athos” y “Tango”, envenenados en Querétaro en 2021.
La Primera Sala de la SCJN determinó que es constitucional la imposición de penas mayores en delitos cometidos contra animales, por lo que aprobó el proyecto de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, que concluyó que la imposición de una pena mayor en los delitos cometidos en contra de los animales, por la de la utilización de métodos crueles no implica una doble sanción para el autor del delito, pues el uso de dichos métodos no solo aumenta el sufrimiento físico y psicológico del animal, sino que también degrada su dignidad.
A partir de estas razones, la Primera Sala revocó la sentencia impugnada y devolvió el asunto al Tribunal Colegiado del conocimiento para que, a partir de lo decidido anteriormente, dicte la determinación que proceda.
Los ejemplares eran perros adiestrados de la Cruz Roja, envenenados con salchichas contaminadas en junio de 2021, y por ello, Benjamín N fue condenado por un juez a 10 años de prisión por su responsabilidad en el delito de crueldad animal.
Tras apelar la sentencia, un Tribunal de Apelación confirmó la decisión del juez contra el imputado, pero tramitó un amparo directo, al cual se adhirió el dueño de los perros, como parte ofendida en el proceso penal.
En consecuencia, el Tribunal Colegiado de Circuito concedió el amparo tras considerar que la agravante de “utilización de métodos crueles”, vulnera la prohibición de imponer una doble pena por el mismo hecho que regula el artículo 23 de la Constitución Política del país (principio non bis idem).
Inconforme, Benjamín “N” y la parte ofendida interpusieron recursos de revisión. Al analizar el caso, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación reflexionó sobre las diferencias entre los delitos de maltrato y crueldad animal.