El Congreso de Puebla recibió una nueva propuesta para permitirles a las mujeres abortar antes de las doce semanas de embarazo sin recibir castigo.
La iniciativa ‚Äîque busca derogar la llamada Ley de la Familia‚Äî la presentó el diputado local y dirigente estatal del Partido Convergencia, José Juan Espinosa, quien propone también disminuir las sanciones en contra de quienes recurran a esta práctica después de las doce semanas de gestación. En este caso, el proyecto establece sólo imponer una pena corporal de tres a seis meses de prisión y no hasta cinco años como actualmente se establece en el Código de Defensa Social del estado de Puebla.
Por el contrario, la iniciativa agrava las penas en contra de quienes obliguen a una mujer a interrumpir el embarazo (aborto forzado) por lo que el castigo será de cinco a ocho años de prisión, y si mediara violencia física o moral, la pena sería hasta de diez años.
José Juan Espinosa lamentó que este tema no sea prioridad para la mayoría de sus compañeros legisladores y líderes políticos que forman parte de la coalición Compromiso por Puebla (que encabeza el PAN), ya que la despenalización del aborto no será incluida en la agenda de trabajo de la LVIII Legislatura que se presentará de manera oficial el 1 de marzo de este 2011. Por ello dijo que buscará el apoyo de las bancadas del PRI, PVEM y el Partido del Trabajo, para sacar a flote la nueva ley.
El documento fue enviado a comisiones para su respectivo análisis, aunque de inicio propone derogar el artículo 26, en su párrafo cuarto de la Constitución Política del estado de Puebla (la llamada Ley de la Familia), el cual establece que se debe preservar la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural.
La propuesta del diputado de Convergencia define en su artículo 339 que el aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación; además establece bajo qué términos el aborto no será sancionable:
1. Cuando sea causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada.
2. Cuando el embarazo sea el resultado de una violación.
3. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que le asiste, oyendo éste dictamen de otro médico, siempre que fuere posible y no sea peligrosa la demora.
4. Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos.
5. Cuando a juicio de dos médicos especialistas exista razón suficiente.
José Juan puntualizó que el gobierno deberá estar obligado para que a través de su estructura de salud realice campañas de prevención con el fin de orientar sobre este tema a los estudiantes de educación básica y media superior.
No es prioridad
En su calidad de presidenta de la Comisión de Equidad y Género del Congreso de Puebla, la diputada panista plurinominal Ana María Jiménez Ortiz, dijo que hay apertura para poner este tema en la mesa de análisis, sin embargo dejó en claro que no es una prioridad para los integrantes de su grupo parlamentario.
A la par reveló que a la comisión han llegado oficios de diversos grupos de la sociedad poblana que han emitido posturas sobre este tema.
"Han llegado a la comisión algunas agendas ciudadanas en favor y han llegado también peticiones de mujeres en contra, entonces debemos ser responsables para legislar, no por ocurrencia no por minoría, sino con responsabilidad; somos las mujeres quienes sabemos lo que necesitamos y no estamos cerradas, es nuestra obligación discutir todos los temas", concluyó.
El interés
Los diputados priistas Enrique Doger Guerrero, presidente de la Comisión de Salud y Zenorina González Ortega, de la Comisión de Derechos Humanos, pidieron públicamente que las referidas comisiones participen en los trabajos de revisión de la propuesta de José Juan Espinosa.