El ayuntamiento de Puebla interpondrá un recurso de inconformidad por el revés que sufrió a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desechó la controversia para frenar la aprobación que hizo el Congreso del estado de la Ley de Ingresos de San Andrés Cholula, lo cual generó duplicidad en el cobro de los impuestos en la franja limítrofe.

Al respecto, el síndico Ernesto Bojalil Andrade destacó que será en los próximos cinco días que tienen de plazo, para que el gobierno municipal de Puebla presente este recurso contra la resolución que tomó el ministro instructor José Ramón Cosío. Aunque dijo respetar la decisión del ministro, el ayuntamiento de Puebla difiere de este resolutivo. La resolución de la SCJN —dijo— no es definitiva, por lo que el revés no echa abajo el procedimiento legal del ayuntamiento.

Además, aseveró que el tema de los límites territoriales lo tiene que dirimir el Congreso del estado, pero la controversia que se presentó ante la SCJN era en materia fiscal, ya que pretendía revertir la aprobación de la tabla de valores entre Puebla y San Andrés Cholula.

La insistencia
Bojalil Andrade precisó que la única facultada para resolver el tema a fondo es a través del Poder Legislativo de la entidad, por lo que hasta que no se tenga una resolución definitiva, la capital poblana no puede permitir que se afecte la hacienda pública por esta doble tributación. Estableció que ante este fallo la comuna insistirá legalmente y en consecuencia “no bajará la guardia” para mantener las acciones legales necesarias hasta que se otorgue la razón a Puebla en materia de tributación.

Asimismo, calificó como “desafortunada” la determinación que tomó el magistrado José Ramón Cosío porque es en agravio de los ciudadanos y no hay argumentos para fallar contra Puebla debido a que no pelean el territorio, sino la tabla de valores aprobada ilegalmente por los legisladores locales.

La postura
Ernesto Bojalil reiteró que la postura de la capital poblana sigue siendo la misma en el sentido de reclamar los argumentos que presentó el magistrado José Ramón Cosío, porque no era dar una resolución a fondo, es decir, que la reclamación en ningún momento fue el territorio en disputa, sino un asunto fiscal.