El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacurría y el Observatorio de Violencia Social y de Género de la ciudad de Puebla, condenaron el asesinato de la activista por los derechos sexuales y reproductivos, Agnes Torres Hernández, y contra otras personas de la Comunidad Lésbico Gay Transgénero Transexual Travesti Intersexual (LGBTTTI) ocurridos en Puebla.
Asimismo, el Frente Diverso sexual de Tehuacán —población de donde era oriunda Agnes Hernández Torres— también demandó el esclarecimiento del asesinato de la activista y psicóloga, así como la actualización de leyes que protejan a la población diversa y frenen las acciones de discriminación.
Por otro lado, el secretario de Gobierno, Fernando Manzanilla Prieto y el procurador Víctor Carranca Bourget, se reunieron con integrantes de la comunidad LGBTTTI para conversar sobre la demanda de dicha comunidad para que se resuelva el asesinato de Agnes Torres Hernández.
Brahim Zamora —a nombre de las organizaciones a favor de la diversidad sexual— señaló que la reunión con Manzanilla Prieto fue “muy productiva, con líneas claras y transparentes”.
“Hemos trazado una línea de trabajo sobre nuestras peticiones que hicimos en el zócalo. Nos parece fundamental que haya condiciones para que esos crímenes no ocurran.”
El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacurría señaló en un comunicado:
“El pasado fin de semana ocurrió en el Estado de Puebla el asesinato de la activista política y transgénero Agnes Torres Hernández. Fue encontrada muerta la tarde del sábado 10 de marzo, en una barranca denominada Xaxocuapatle, en la carretera Siglo XXI, al parecer 14 horas después de haberse cometido el crimen. El cadáver semidesnudo presentaba rasgos de tortura como distintas quemaduras y una herida en el cuello que, presumiblemente, fue la causa del deceso. Un segundo caso, se reportó en Amozoc de Mota donde se informa que en el municipio de Chachapa se halló el cuerpo calcinado de Jorge Roberto Macip Bailón, de 47 años de edad quien fue identi_cado por su pareja homosexual, al llegar al domicilio del ahora occiso y encontrarlo envuelto en una sábana, con 95 por ciento de su cuerpo con quemaduras.
”El contexto de la muerte de estas personas tiene connotaciones de homicidio por odio, debido a la identidad transexual/homosexual de las víctimas, así como por los rasgos de tortura con que fueron cometidos los crímenes. Tales acontecimientos constituyen violaciones a los derechos humanos, en tanto el Estado mexicano no ha garantizado que todas las personas y de manera particular, las lesbianas, gays, travestis, transexuales y transgénero, gocen de sus derechos humanos, así reconocidos en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales signados por México.
”De acuerdo con la Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de las Naciones Unidas (2008), y con base también en los Principios de Yogyakarta sobre la Aplicación del Derecho Internacional de Derechos Humanos a las Cuestiones de Orientación Sexual e Identidad de Género (2006). Así como la Resolución adoptada por la Organización de Estados Americanos [AG/RES. 2435 (XXXVIII-O/08)] ‘Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género’, es obligación del Estado Mexicano: 1. Condenar la discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad de género (…) y adoptar las medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar dicha discriminación.
”2. Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual e identidad y de género (…) y prevenirlos, investigarlos y asegurar a las víctimas la debida protección judicial en condiciones de igualdad y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.
”Por estos motivos nos pronunciamos para que:
”1. Se actúe sin dilación en la investigación de estos crímenes, conforme los principios y criterios de una debida diligencia en caso de graves violaciones a los derechos humanos y se permita la coadyuvancia de los familiares y organizaciones civiles de derechos humanos.
”2. Que el gobierno del estado informe sobre las acciones en materia de combate a la discriminación de las personas Lésbico Gay Transgénero Transexual Travesti Intersexual.
”3. Se garantice el respeto a la integridad física y emocional de las y los defensores de derechos humanos de la comunidad LGBTTTI.”