El Instituto Electoral del Estado (IEE) tendrá que multar al ahora presidente electo, Antonio Gali Fayad, por actos anticipados de campaña, tras una orden del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El órgano electoral poblano había exonerado al otrora candidato de la coalición Puebla Unida, pero ahora tendrá que sancionarlo de manera individual al presidente electo y al Partido Acción Nacional por el acto masivo en San Andrés Azumiatla, antes del proceso electoral.

Le ordenó emitir una nueva resolución en la que “califique e individualice” una sanción en contra de Antonio Gali Fayad, alcalde electo de Puebla, y al Partido Acción Nacional (PAN), por cometer el acto anticipado de campaña.

Este jueves, en sesión pública, el magistrado Armando Maitret Hernández puso a consideración del pleno de la Sala Regional del Distrito Federal el juicio de revisión que la coalición 5 de Mayo interpuso en contra de Gali Fayad y el PAN, expediente que se identificó con la clave SDF-JRC-39/2013.

El magistrado señaló que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) no contó con todas las pruebas para emitir una sentencia a la impugnación del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Verde Ecologista (PVEM).

Ambos partidos interpusieron una denuncia en contra de la resolución del Consejo General del IEE, órgano que exoneró a Gali Fayad el 23 de junio. El magistrado, en la sesión, aclaró que en las pruebas que tuvieron para su análisis es claro que en el acto masivo que se celebró el pasado 14 de abril los asistentes no son parte del órgano electivo que determinaría si Gali Fayad sería el candidato, y que éste dio a conocer su plataforma electoral.

Refirió que el TEPJF cuenta con en el expediente al que asistieron entre 3 mil y 5 mil personas, y en el que abiertamente ya hay manifestaciones de apoyo a la candidatura, y en su discurso hizo referencia a su plataforma electoral.

Maitret Hernández señaló que la sentencia no tiene por objetivo inhibir que los políticos hagan política, eso lo van a tener que hacer, pero sí es un mensaje de inhibir la simulación del cumplimiento de la ley y caer en prácticas de incumplimiento.

Al concluir con la votación unánime, la magistrada presidenta de la Sala Regional del Distrito Federal, Janine Otálora Malassis, informó que se modifica la resolución del recurso de apelación que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Puebla.

Asimismo, se revoca la resolución recaída en el procedimiento especial sancionador, en el que se acredita la realización de actos anticipados de campaña por parte de Antonio Gali Fayad y el PAN.