Ante la derrota en un juicio de amparo de la CAIP, el comisionado Federico González Magaña insistió en tener la razón y criticó a los magistrados del Poder Judicial Federal por un mal resolutivo en una de sus ponencias.
En una postura muy distinta, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena señaló que este tipo de sentencias marcará una forma para permitir que se pueda adoptar un criterio para las futuras resoluciones de la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP).
Indicó que es respetuosa de estas determinaciones, ya que los órganos colegiados se enriquecen de los puntos de vista que no siempre coinciden con la mayoría.
Y aunque González Magaña aseguró que la CAIP acatará el fallo del Tribunal Colegiado del Segundo Distrito para que cambie su resolución y estudie a fondo la falta de respuesta del número de despedidos de dependencias descentralizadas estatales, dijo tener la razón.
Este miércoles, Intolerancia Diario reveló que, en un hecho inédito, el órgano garante de la transparencia en Puebla perdió un amparo ante la justicia federal y ahora tendrá que corregir la negativa para que conozca el número de despedidos de dependencias descentralizadas.
Con el apoyo del Centro Ciudadano de Transparencia AC, encabezado por Juan Bosco Rosillo Martínez, se interpuso un amparo ante la justicia federal para echar abajo un sobreseimiento de la CAIP, el cual finalmente fue ganado tras ocho meses de juicio.
Fue el controvertido comisionado Federico González Magaña quien no admitió o sobreseyó el recurso de revisión, con el alegato de que fue interpuesto de manera extemporánea al ser presentado días antes de lo que contemplaba la ley.
Sin embargo, ahora los tres magistrados federales le “corrigieron la plana” al comprobar que no hay ninguna legislación que prohíba que un ciudadano interponga antes un recurso de revisión, por lo que la CAIP debe admitir el recurso y estudiarlo.
La necedad
A pesar de la claridad de la sentencia, González Magaña, en entrevista, insistió en tener la razón en su resolutivo ahora desechado por una orden judicial: “No hemos recibido nosotros formalmente la notificación; sin embargo, he visto lo que se publica hoy y debo decir que esta comisión acatará plenamente la determinación de la autoridad competente.
”Sin embargo, mi opinión personal es que discrepo porque cuando se promovió el amparo acudiste (se refiere al reportero) ante el juez de distrito que nos dio la razón porque la tenemos y desafortunadamente para el proyecto original no fueron valoradas las pruebas que nosotros presentamos por el colegiado.
”Sin embargo, más allá de valoraciones personales, existe la plena convicción de la vigencia absoluta del Estado de derecho y en esa lógica esta comisión acatará puntualmente lo que la autoridad competente haya dicho”.
—Pero finalmente es un colegiado, tres magistrados fueron los que determinaron que hubo irregularidades…
—No lo sé, tendremos que esperar a que sea notificada la resolución para saber que es puntualmente lo que se dice, sin embargo, pues lo que me parece es que no se toman en cuenta los argumentos de esta comisión y se nos ordena que entremos al estudio de fondo, en lo que está en el amparo, en la resolución que fue sometida.
“Y así lo haremos, entraremos al fondo sin ninguna duda y seguiremos estudiando, y hay un respeto absoluto por el Estado de derecho”.
—¿Cómo deja a la CAIP, sobre todo por el momento coyuntural de críticas que vive?
—Muy bien, me parece que muy bien, el derecho existe para que sean respetadas las garantías que se tienen y hay diferentes opiniones, son tan diferentes que el mismo Poder Judicial en un primer momento nos da la razón a nosotros y en este segundo momento probablemente dice que no la tenemos.
“Entonces, yo coincido mucho más con el juez de distrito que había dicho que la CAIP tiene razón, por una razón sencilla, porque a mí me parece que la presentación anticipada de un recurso improcedente.
”Es decir, presentar un recurso o un medio de defensa sin que haya existido un agravio previo no es procedente el hecho y yo mantengo la postura y la defiendo; es mi opinión y me parece que es adecuado y el juez de distrito dijo que era adecuada, sin embargo, ahora el colegiado no toma en cuenta las consideraciones de la CAIP y resuelve lo contrario y nosotros acataremos plenamente esa resolución.
”Pero te digo que no la he podido estudiar, porque no nos la han notificado formalmente, te pido que sigamos platicando una vez que se conozca puntualmente qué es lo que se está resolviendo”.
—Los magistrados señalan que no hay una prohibición para que un ciudadano interponga un recurso de revisión antes…
—Por supuesto, por supuesto, pero tampoco había un agravio, es decir, se pretende que exista la vigencia de un recurso sin que haya un agravio previo y me parece que eso no es correcto.
—Pero sí había un agravio, la información no se había entregado.
—No, me parece que no —dijo al interrumpir abruptamente la entrevista.