Por unanimidad, aprobaron en la Comisión de Gobernación la reforma a la Ley de Expropiaciones del Estado de Puebla; no obstante, el legislador Eukid Castañón Herrera rechazó que vaya a violar los derechos de los ciudadanos y anticipó que comienzan a surgir algunas corrientes de expresión en cuanto al tema, pero los legisladores no se van a prestar a campañas mediáticas.

En entrevista, el presidente de la comisión dijo que al probarse el documento se dan instrumentos legales al estado para que no se suspenda la obra pública que es para beneficio de los poblanos.

Señaló que quienes se oponen a la reforma están en completa libertad de hacer lo conducente pero los diputados están de acuerdo con los ciudadanos en que las obras son necesarias para el beneficio del estado.

Castañón Herrera dijo que respetará las críticas de algunos grupos políticos sobre este tema, pero es una iniciativa que se trabajó desde hace algunos meses y buscando privilegiar el desarrollo de la entidad.

“Esta reforma no tienen dedicatoria, la dedicatoria es para el desarrollo de Puebla; el asunto de la reforma a la ley, aunque se socializó apenas en estos días, es un tema que en lo particular se ha trabajado desde hace mucho tiempo, y trabajo bien hecho no da pie a reclamaciones”, manifestó. 

Al ser cuestionado sobre si el gobierno estatal estaba pensando utilizar estas modificaciones en la zona de San José Chiapa, donde se construye la planta Audi, insistió en que esta propuesta no está enfocada a ninguna obra en especifico, pero reconoció que el gobernador podría echar mano de estas modificaciones para cuidar la inversión más importante que se ha registrado en Puebla y el país.

“La realidad es que no tiene dedicatoria para ningún proyecto, evidentemente, el tema de Audi es un proyecto de gran calado para el estado, es la mayor inversión que ha tenido no sólo Puebla sino el país en los últimos años, y evidentemente el estado tendrá en algún momento, si así lo requiere, los mecanismos para poder empujar el proyecto si fuera necesario”.

Castañón Herrera sostuvo que con estas modificaciones se garantiza el derecho de audiencia para los afectados en estos procesos de expropiación, y sólo en casos de excepción donde el gobierno del estado justifique los principios de inmediatez y urgencia. Comentó que ya el estado de Sinaloa cuenta con una legislación similar y que incluso ya generó jurisprudencia en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que están actuando conforme a derecho y cuidando el bienestar de las mayorías, pero salvaguardando el derecho de las minorías que se sientan afectadas.

Hubo análisis
El coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional, Víctor Manuel Giorgana Jiménez, indicó que, de acuerdo con el estudio que se realizó a la iniciativa que reforma la Ley de Expropiaciones del Estado de Puebla, ésta no es violatoria de los derechos de los ciudadanos ni generará el despojo de bienes.

Comentó que el pasado miércoles se pidió tiempo a la Comisión de Gobernación para analizar el documento a fin de estudiar si no había violaciones legales, e indicó que incluso existe jurisprudencia al respecto.

El legislador consideró que hay un avance y en el análisis que se hizo del proyecto en el artículo 5, 5 Bis y 5 Ter del proyecto de reforma se establecen los lineamientos a seguir en el procedimiento de expropiación, y advierte un cambio sustancial en relación con la Ley vigente, en virtud de que se permite a la autoridad expropiante (Secretaría General de Gobierno o Sindicatura Municipal) la ocupación temporal bajo los supuestos de urgencia e inmediatez, conceptos —ambos— que deberán estar justificados en la declaratoria de expropiación. 

Dijo que esta medida le da posibilidad al gobierno estatal o municipal por causas de utilidad ocupar temporalmente inmuebles previa a la indemnización correspondiente e incluso durante el recurso de revocación que pueda interponer el afectado. 

Aseguró que quedan claros los puntos de “urgencia e inmediatez” y sólo si se justifican estos dos supuestos por parte de la autoridad expropiante, se autoriza la posesión provisional para la atención oportuna de necesidades sociales y económicas. 

Asimismo, el artículo 2 de la propia ley señala las causas en las que solo podrá proceder el procedimiento de expropiación propuesto para los siguientes casos: “Establecimiento, explotación, ampliación, modificación o conservación de un servicio público. Infraestructura vial. (Apertura, prolongación, ampliación, alineamiento, o mejoramiento de avenidas, calles, calzadas andadores, puentes, bulevares, túneles, caminos y carreteras, así como toda vía que atienda a facilitar el tránsito en general, urbano, suburbano y rural, entre dos o más poblaciones). 

”La preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente. Combatir o impedir la propagación de epidemias epizootias, incendios, plagas, inundaciones u otras calamidades públicas”.