A pesar de ser quien estuvo al mando y haber dado todas las órdenes del desalojo del operativo de Chalchihuapan, el secretario de Seguridad Pública Estatal, Facundo Rosas Rosas, sólo fue amonestado y multado por su actuación.
En medio de la oscuridad abordo de 13 unidades, vestidos de negro y portando armas largas, el gobierno de Puebla, afirmó haber cumplido con las recomendaciones contra la violación grave de derechos humanos en Chalchihuapan.
En contraste, seis elementos quienes ejecutaron las órdenes de Facundo Rosas Rosas, fueron destituidos, aprehendidos, y hasta inhabilitó hasta por seis años.
Como parte de este cumplimiento de la recomendación, fueron detenidas cinco personas en un violento operativo por la madrugada de este sábado donde irrumpieron policías ministeriales en viviendas de habitantes de Chalchihuapan.
Extraoficialmente se sabe que solo no se ejecutó la orden de aprehensión contra el presidente municipal de esta localidad, Jairo Javier Montes Bautista, a quien no encontraron.
De este modo por medio de un comunicado, el gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas, afirmó que ha cumplido con la recomendación emitida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)-
Las disculpas ni tan publicas
En el punto de la disculpa pública que exigió la CNDH, finalmente el gobierno poblano invitó a algunas personas damnificadas del enfrentamiento a un evento este viernes a las 19 horas, sin embargo nadie asistió y ni siquiera la prensa fue invitada.
En una de estas cartas dirigida a Elia Tamayo Montes, se le pide que asista al salón Oriental 1 del Centro de Convenciones con su familia, para dar cumplimiento a la recomendación de la CNDH.
“Su asistencia a este evento público es muy importante, por eso la exhortamos a que nos honre con su presencia”, señala la carta firmada por José Montiel Rodríguez, encargado de despacho de la subsecretaría General de Gobierno.
Las recomendaciones
El jueves 11 de septiembre, la CNDH, mediante una investigación y peritajes, determinó que elementos de la Policía Estatal, fueron los que asesinaron por medio excesivo de la fuerza al niño José Luis Tehuetlie Tamayo durante el enfrentamiento en Chalchihuapan del 9 de julio.
Por lo tanto el presidente del organismo, Raúl Plascencia Villanueva, recomendó al gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle Rosas, fincar responsabilidades contra el secretario de Seguridad Pública, Facundo Rosas Rosas.
De este modo el ombudsman (defensor del pueblo) tiró por la borda la versión del gobierno estatal de que fue la onda expansiva de un cohetón aventado por manifestantes lo que lesionó al niño de 13 años de edad.
Plascencia Villanueva aseguró que Facundo Rosas estuvo al mando en todo momento durante el desalojo en el que afirmó que sí hubo uso excesivo con más de 478 granadas de gas lanzadas contra manifestantes.
Fue el 9 de julio cuando un grupo de pobladores de Chalchihuapan cerraron la autopista Atlixcáyotl, que comunica a la ciudad de Puebla con Atlixco.
Para desbloquearla, señaló Plascencia Villanueva, se montó un operativo desde muy temprana hora, lo que indica que las autoridades poblanas sabían del movimiento desde un día antes pudieron negociar, sin embargo, prefirieron el uso de la fuerza.
En el operativo de desalojo, de los 426 policías estatales, 32 portaban lanzaderas y diversas armas de dispersión, las que fueron utilizadas sin medida contra la población.
De este modo salieron al menos diez lesionados de los manifestantes y más de 40 de policías, aunque no se pudo documentar el número, debido a que muchos ni siquiera los atendieron las unidades médicas del gobierno estatal.
Entre los lesionados se encontraba el menor José Luis Tehuatlie Tamayo, quien ahora se sabe fue herido por alguno de los 32 elementos policiacos con las armas a quienes e tiene que investigar para deslindar responsabilidades.
El comunicado
“El día de ayer el Gobierno del Estado de Puebla realizó el evento de cumplimiento a la recomendación 2VG/2014 emitida por la CNDH el pasado 11 de septiembre, en el que informó las siguientes acciones:
*Creación de la Fiscalía especial de investigación para el caso de San Bernardino Chalchihuapan y como titular de dicha fiscalía se nombró a José Antonio Pérez Bravo.
*Capacitación en Derechos Humanos a todos los servidores públicos encargados de hacer cumplir la ley en el Estado, haciendo especial énfasis en el uso legítimo de la fuerza pública.
*La Secretaría de la Contraloría, inició los procedimientos de responsabilidad y dio trámite y seguimiento a las quejas y denuncias presentadas por la CNDH en contra de los Servidores Públicos responsables. Con motivo de dichos procedimientos, la Contraloría determinó sancionar al Secretario de Seguridad Pública con una amonestación y una multa.
*Por otra parte, esta misma dependencia, determinó la destitución del cargo y sanciones económicas para la Subsecretaria de Coordinación y Operación Policial y a dos mandos operativos.
*Asimismo, se destituyó e inhabilitó hasta por 4 años a 6 elementos de la Secretaría de Seguridad Pública responsables en el operativo del 9 de julio.
*La Fiscalía Especial del Caso Chalchihuapan, resolvió la averiguación previa, ejercitando acción penal en contra de probables responsables de distintos delitos, por lo que en cumplimiento de 12 órdenes de aprehensión y de cateo, libradas por un juez penal, fueron detenidos 6 elementos de la Policía Estatal y 5 personas civiles quienes han sido puestos a disposición del mismo juez.
*Finalmente, en cumplimiento a la recomendación, el Lic. José Montiel, Consejero Jurídico del Ejecutivo del Estado, en nombre del Gobierno del Estado de Puebla, ofreció una disculpa pública a todas las víctimas que vieron vulnerados sus derechos humanos.
*En este mismo sentido, anunció la creación de un Fideicomiso Público cuyo objeto es hacer frente a la reparación del daño e indemnizar a las víctimas de los hechos ocurridos el 9 de julio y a sus familiares, quienes podrán acudir, si así lo desean, a la Dirección General de Víctimas dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla para iniciar el procedimiento correspondiente.
*Lo anterior fue debidamente notificado a las víctimas y familiares antes mencionada”, termina el comunicado.
Las 11 recomendaciones a una semana
1.-. Instruya a quien corresponda para que se inicien los procedimientos de responsabilidad respectivos en contra del titular de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Puebla, así como del personal de dicha institución que participó en los acontecimientos del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla, con motivo de las violaciones graves a los derechos humanos observadas en esta recomendación, y se envíen a este Organismo Nacional las pruebas con las que acredite su cumplimiento.
2.- Tome las medidas necesarias para la creación de una fiscalía especial para la investigación de los hechos ocurridos el 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla, designada bajo su más estricta responsabilidad, a efecto de que garantice de manera transparente, objetiva e imparcial un adecuado acceso a la justicia para las víctimas, sus familiares y los policías lesionados, debido a la impunidad que prevalece ante los abusos cometidos por los elementos de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia de esa entidad federativa, y para que también investigue los delitos cometidos por diversos manifestantes, y se envíen a este Organismo Nacional las pruebas con las que acredite su cumplimiento.
3-. Instruya a quien corresponda para que se reparen los daños causados a las víctimas y a sus familiares en los términos más amplios y de manera integral, acorde con lo que establecen los estándares internacionales en la materia y la Ley General de Victimas, con motivo de los actos y omisiones en que incurrieron los servidores públicos de la instituciones de seguridad pública y procuración de justicia del Estado de Puebla que participaron en los hechos del 9 de julio de 2014 en el municipio de Ocoyucan, Puebla; elabore para ello un registro que permita identificar adecuadamente a cada una de las víctimas, el tipo de reparación que se le otorgaría, los tiempos y las condiciones para que la misma se encuentre debidamente solventada, y envíe a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.
4. Dadas las condiciones de esa entidad federativa, en la que permanentemente hay expresiones de la sociedad demandando necesidades colectivas, y siempre que no se vulnere la Ley, gire instrucciones a quien corresponda para que se implementen mecanismos efectivos para la atención de esos requerimientos que privilegien el diálogo y el respeto de los derechos humanos, y remita a este Organismo Nacional las pruebas de cumplimiento respectivas.
5. En el contexto anterior, instruya a quien corresponda para implementar una estrategia para la atención de demandas sociales en el estado de Puebla que contemple la solución pacífica de conflictos, se abstenga de criminalizar la protesta social y prevea acciones efectivas y eficaces de coordinación institucional para el tratamiento de manifestaciones públicas, privilegiando en todo momento el diálogo y reduciendo los riesgos que pudiera representar el uso de la fuerza.
6. Instruya a quien corresponda para que se ofrezca una disculpa institucional a las víctimas y a sus familiares por los agravios generados por los servidores públicos de las dependencias a su cargo, se den a conocer las medidas y garantías para la no repetición de actos como los que dieron origen a esta recomendación, y se informe a esta Comisión Nacional sobre las acciones que se lleven a cabo para tal efecto.
7. Gire instrucciones a quien corresponda para que se proporcionen a los cuerpos de seguridad equipos de videograbación y audio que permitan registrar su conducta durante los operativos y procedimientos de detención en los que participen, a fin de que se esté en condiciones de evaluar si su conducta se apegó a la legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se envíen a esta Comisión Nacional las pruebas que acrediten su cumplimiento.
8. Instruya a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante la Órgano Interno de Control de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos, y se remitan a este Organismo Nacional las evidencias que le sean solicitadas y las constancias que acrediten su cumplimiento.
9. Instruya a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja que se promueva ante el Órgano Interno de Control de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos que intervinieron en los hechos, y se remitan a este Organismo Nacional las evidencias que le sean solicitadas y las constancias con que acrediten su cumplimiento.
10. Instruya a quien corresponda para que se colabore con esta Comisión Nacional en la presentación y seguimiento de la denuncia de hechos que se formule ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla en contra de los servidores públicos involucrados, y se remitan a este Organismo Nacional las evidencias que le sean solicitadas y las constancias que acrediten su cumplimiento.
11.- Instruya a quien corresponda para que se diseñe e imparta un programa integral de capacitación y formación en derechos humanos dirigido a los servidores públicos de las instituciones encargados de las áreas de seguridad pública y procuración de justicia, respectivamente, en el Estado de Puebla, que ponga un especial énfasis en el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, así como en los protocolos existentes en la materia, y envíe a esta Comisión Nacional las constancias que acrediten su cumplimiento.