A casi tres semanas de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corrigiera la plana a los diputados en lo referente a la Ley AntiBronco, los legisladores preparan una nueva argucia legal para que se limite al máximo el tiempo para que se reciban las firmas y mantener los tiempos de las precampañas, una vez que no hay fecha para que sesionen.

 


Tal y como lo advirtió Ana Teresa Aranda Orozco en el sentido de que los diputados podían realizar una “chicanada”, a menos de 72 horas de que concluya el tercer periodo ordinario de sesiones, los legisladores bajo el argumento de que no les ha llegado la resolución completa se niegan a legislar en torno a las candidaturas independientes, en lo referente a la territorialidad y presencia de quienes apoyen a un independiente.
De acuerdo con fuentes consultadas, al salir de vacaciones el Congreso del Estado la discusión de la reforma podría ser hasta el mes de enero, en pleno proceso electoral.
A pesar de que en la sesión los ministros señalaron claramente las reformas que tienen que hacerse al documento a la brevedad ya que el proceso electoral 2015-2016 está en curso, diputados morenovallistas encabezados por Jorge Aguilar Chedraui siguen buscando resquicios legales para no llevar a cabo en los términos que ordenó la Suprema Corte de Justicia de la Nación el quitar los candados para los independientes.
El argumento es que solo les llegó a notificación el pasado 25 de noviembre y se necesita el expediente para determinar las modificaciones que tienen que realizarse.
Las fuentes consultadas señalaron que se trata de una argucia legal para llegar al límite del tiempo y recortar al máximo los plazos para que los aspirantes consigan las firmas, ya que los ministros ordenaron a los diputados volver a legislar sobre el periodo que deberá ser mayor a 20 días y en una simulación podrían extenderlo a 25.
Asimismo, indicaron que se pretende exigir lo referente a que las firmas correspondan a dos terceras partes de los municipios, que se conoce como territorialidad.

 

 

 

La excusa


El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Carlos Martínez Amador, anunció que ante la situación que se ha presentado, el Congreso del Estado podría realizar una sesión extraordinaria para aprobar los cambios que deberán efectuar a la Ley Electoral de Puebla, conforme al resolutivo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Sostuvo que hasta el momento al Poder Legislativo no ha llegado la sentencia completa emitida por los magistrados sobre las correcciones que hicieron al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de candidaturas independientes.
Explicó que lo que recibieron de la Corte fue el resolutivo, pero no todo el paquete, para entrar en la discusión del tema, y comenzará a elaborarse una iniciativa con lo que se tiene, así que cuando se entregue la documentación final solo haya una corrección de puntos y comas.

La claridad


El 24 de noviembre el ministro Alberto Pérez Dayán sostuvo que en Puebla los diputados se extralimitaron en la legislación y presentó sus argumentos:

 

“Y luego en el apartado C, que se refiere a la obtención del apoyo ciudadano, dice todavía: “II. Los ciudadanos que decidan manifestar su respaldo a un determinado aspirante a candidato independiente, deberán comparecer personalmente con copia y original de su credencial para votar vigente ante los funcionarios electorales que se designen y los representantes que, en su caso, acrediten los aspirantes a candidato independiente, en los inmuebles destinados para ello. El apoyo correspondiente se expresará mediante el llenado del formato que al efecto apruebe el Consejo General, mismo que deberá contener la firma o huella del manifestante.

 

 

“Creo que entre haber resuelto el tema de la copia y todos estos elementos que hacen un énfasis particular en las condiciones de comparecencia sí hay una condición importante; me parece que esta es una restricción a derechos políticos, es un elemento excesivo y también por ello estaré a favor de la invalidez de estas dos fracciones, de los dos apartados que acabo de mencionar.

 

“Como es de su conocimiento, el proyecto expresa, en primer término, que en materia de candidaturas independientes esta Suprema Corte ha sustentado el criterio de amplia libertad de configuración legislativa de los Congresos locales, pero también ha determinado que esa libertad no es absoluta, pues en todo caso, el régimen que se diseñe debe garantizar el contenido esencial y la posibilidad efectiva del ejercicio de dicha prerrogativa constitucional, así como los valores, principios y derechos políticos, también protegidos por la Constitución, lo que incluye, por supuesto, la obligación de que los requisitos y demás condiciones para acceder a las candidaturas independientes no sean desproporcionados o irrazonables; en otras palabras, la libertad de configuración legislativa no puede atentar al núcleo fundamental del derecho en cuestión”, citó.