El presidente de la Comisión de Transporte en el Congreso del Estado, Jonathan Collantes Cabañas, anunció presentará una reforma a la Ley de Transporte del Estado para obligar a las Empresas de Redes de Transporte (ERT), a cumplir con los 75 trámites que le exigen a los taxis tradicionales para operar y así evitar una competencia desleal.

En entrevista, el legislador expuso que si bien hay deficiencias en el servicio de los llamados taxis convencionales, donde se deberá emprender un proceso de modernización, indicó que lo importante es que haya un equilibrio de condiciones.

Comentó que una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado a favor de que los taxis con plataforma digital cobren en efectivo, lo ideal es que también cumplan con todos los requisitos ante la Secretaría de Transporte, pues en caso contrario, se genera una competencia desleal con los taxis convencionales.

Aclaró que las ERT no están operando en la ilegalidad al cobrar en efectivo, debido a que la autoridad federal ya les autorizó, aunque el marco jurídico poblano no esté todavía actualizado (reformado).

Los taxis con plataformas digitales únicamente están obligados a pagar 1.20 por ciento de cada viaje, mientras que los taxis negros pagan tarjetón, placas, licencia mercantil, así como también se sujetan a otros requisitos”,

Informó, presentará una iniciativa de reforma para que las ERT de igual manera se sujeten a los 75 reglas que solicita la dependencia en el ramo para funcionar como tal, esto a efecto de que haya un equilibrio.

Considero  que todos los taxis con plataforma digital y los convencionales están a la par, que tengan su tarjetón, placas de servicio de transporte mercantil, así como cursos, tener licencia de servicio mercantil, pues mientras los taxis de ERT  tienen licencias de 600, los taxis tradicionales pagan hasta 5 mil pesos”, sentenció.

Sin una reglamentación

De acuerdo a fuentes consultadas al interior de la subsecretaría del Transporte, las empresas que operan el transporte ejecutivo carecen de una reglamentación para la prestación del servicio, una vez que el gobierno de Rafael Moreno Valle nunca entregó el reglamento de operación que deben cumplir los concesionarios, así como conductores.

Las fuentes consultadas indicaron que la última modificación a la Ley del Transporte para el Estado de Puebla en el Congreso, fue en marzo de 2015, siendo presidente de la junta de gobierno, Carlos Martínez Amador, y presidente de la Comisión del Transporte, Julián Rendón Tapia, y el día en que se votó, sólo hubo un voto en contra (que fue el de la diputada Socorro Quezada).

Reconocieron que a los taxis convencionales se les exigen gran cantidad de requisitos, y el pago de permisos va a dar al gobierno, mientras el transporte en redes sólo debe cumplir unos aspectos, y lo que pagan los socios va a dar a la empresa.

Si se revisa la ley en el artículo 16 bis, se verá solamente que son vehículos del Servicio Ejecutivo, aquellas unidades particulares que sin estar sujetos al otorgamiento de una concesión, permiso o autorización por parte de la Secretaría, son utilizados por particulares en el traslado de personas y registrados en una Empresa de Redes de Transporte. Sólo se dice que deberán estar inscritos en el Registro Estatal Vehicular, pero no se piden a los conductores más requisitos. En el artículo 36 bis, también de la ley del transporte, se toca el tema, pero se piden requisitos que debe cualquier automovilista".

Precisaron en que el Poder Legislativo y Ejecutivo incurrieron en omisiones, desde la aprobación de la reforma a la Ley de Transporte de Puebla en 2015, permitiendo que las Empresas de Redes de Transporte operaran sin regulación.

Requisitos para un vehículo ejecutivo

I. Placas de circulación del Estado de Puebla y calcomanías Alfanuméricas.

II. Tarjeta de circulación y el documento que acredite su registro ante la Empresa de Redes de Transporte.

III. Copia de la Póliza de Seguro con cobertura amplia.

Los vehículos a deberán tener una antigüedad máxima de cinco años para su registro. Asimismo, estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y cumplir con las demás disposiciones de carácter legal y administrativo a que estén obligados sus propietarios.

Requisito para un transporte, mercantil (Taxi)

I.-Placas de circulación.

II.-Tarjetón de concesión o permiso.

III.-Tarjeta de circulación y calcomanías.

IV.-Póliza de seguro.

Por su parte, el conductor de un vehículo del Servicio Público del Transporte y del Servicio de Transporte Mercantil, además deberá portar:

a) Licencia de conducir acorde al tipo de servicio de transporte; y

b) En su caso, el gafete de identificación, el cual debe ser colocado en el interior de la unidad en un lugar visible para el usuario.

Los documentos podrán ser en original y/o copia certificada a excepción de la Licencia de Conducir, el Gafete de Identificación, calcomanías respectivas, tarjeta de tarjeta de circulación y las placas de circulación que deberán ser las originales.

Asimismo tendrá que pagar un curso como conductor del servicio mercantil y cubrir todos los requisitos, y pasar revista vehicular una vez al año