La iniciativa propuesta para castigar las llamadas “fake news” está sujeta a revisión, y va dirigida contra quienes generan pánico entre la población, sin coartar la libertad de expresión, aseguró el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, del Congreso, Gabriel Biestro Medinilla.

En conferencia de prensa virtual,  insistió en que la propuesta es para frenar la difusión de noticias falsas que provoquen pánico entre la población, pero aseguró que revisarán su redacción para no generar una mala interpretación.

Dijo que es  respetuoso de la postura fijada por la Red de Periodistas de Puebla sobre la posibilidad de utilizar esta reforma al Código Penal para acallar a los medios de comunicación y sancionarlos hasta con 12 años de prisión y multa de 26 mil pesos, pero el objetivo real es otro.

Este castigo previamente estaba señalado en la ley y ahora lo que se pretende es aplicarlo sobre quienes difundan “fake news” que generen un estado de desinformación entre la población y provoque miedo o pánico en medio de una contingencia sanitaria.

Aseguró que están abiertos a discutir la iniciativa con expertos en derecho y en medios de comunicación, para evitar una violación a la libertad de expresión.

“Nosotros estamos en la mejor disposición de platicarlo, ustedes mismos han visto cómo está la situación de la mala información, dicen que es más peligroso la desinformación o mala información”.

En el Congreso hay disposición de platicar con las asociaciones “que de verdad tengan arraigo en la defensa” de libertad de expresión y de periodistas para analizar la propuesta y evitar que haya censura.

Biestro refirió que un caso reciente fue el ocurrido en Chihuahua, en donde se publicaron fotografías de víctimas de Covid-19 pero que correspondían a personas fallecidas en las calles de Ecuador, lo que atemorizó a los ciudadanos.

“En muchas ocasiones, esas noticias se dan con el afán de generar una inestabilidad o el pánico entre la población. El ejemplo más concreto es lo que pasó en Chihuahua hace unos días”.

Biestro Medinilla expresó que para evitar este tipo de especulaciones es que revisarán el documento para realizar los ajustes y correcciones pertinentes para evitar que esta sanción pueda ser interpretada erróneamente como un intento de vulnerar el derecho a la libre expresión.

Cárcel a quien contagie intencionalmente

En el documento que se presentó en el Congreso por parte de los diputados Nora Merino Escamilla, y Gabriel Biestro Medinilla, se propone la reforma al artículo 213 del Código Penal del Estado de Puebla, y que tiene por objetivo inhibir a personas enfermas que contagien a otros.

Lo anterior luego de  que tienen datos que personas que han sido diagnosticadas con enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) "actúan con dolo" y salen a convivir con personas solo para contagiarlas como "una venganza".

Expresó que en el caso de COVID-19 las personas que han sido diagnosticadas con esta enfermedad y no permanecen en aislamiento encuadran en este delito porque, teniendo conocimiento de este padecimiento y lo contagioso que resulta, acuden a sitios públicos.

"Quien sepa que está enfermo de alguna enfermedad y sea confirmado hablando del COVID-19 y aun así salga a la calle para contagiar a una persona. En algunos estados hay como retos o venganzas donde los enfermos salen a la calle a contagiar".

Inicialmente la pena de cárcel será hasta 10 años, sin embargo, se incrementará hasta los 15 años si se comprueba que hubo "dolo" y la multa económica llegará a los 36 mil 966 pesos.

En la argumentación que presentan los legisladores señalan que ante el virus que nos acecha, es necesario reforzar la sanción que se aplique a éstas personas que dolosamente busquen transmitir, o poner en riesgo a otras personas.

Los modos de transmisión son directo, e indirecto, en el primer es cuando una persona puede transmitir el virus  mediante secreciones  procedentes de la nariz o boca, es decir el sistema respiratorio, con la mucosa oral, nasal, conjuntiva.

También la propagación por gotículas , que se refiere a la diseminación (aerosoles, o gotículas) que se encuentran esparcidas en el aire, emanadas por una persona con COVID-19, al momento de toser o exhalar.

Mientras la transmisión indirecta es cuando la transferencia de un agente infeccioso, es mediante fómites, es decir cualquier objeto o material inerte y sin vida, capaz de transportar  organismos patógenos (Bacterias, hongos, virus y parásitos)