El pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, y llamaron a que se cumpla con el documento para dar certidumbre a los familiares de las víctimas, esclarecer los hechos, y prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

Con más de quince intervenciones de los 38 diputados presentes los legisladores en la sesión extraordinaria se votó la ley que establece  delitos vinculados previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Con la ley se creará  el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, regular y organizar el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla; el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla, así como establecer indicadores de evaluación de objetivos confiables y transparentes, sobre la eficacia y eficiencia de resultados en materia de hallazgo, localización y ubicación de personas desaparecidas o no localizadas.

De igual manera, se pretende garantizar la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas o no localizadas hasta que se conozca su paradero, la protección integral de los derechos de las personas desaparecidas, la participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas desaparecida, así como crear los registros estatales de personas desaparecidas, de fosas y de personas fallecidas y no identificadas.

La diputada del PAN, Mónica Rodríguez Della Vecchia, dio su voto de confianza a la ley que contempla la iniciativa del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, así como la propuesta de la diputada Estefanía Rodríguez Sandoval.

La legisladora advirtió que cada día que pasa es un día más de sufrimiento, de angustia y desesperación por parte de las víctimas de desaparición y por parte de sus familiares.

No hay tiempo que perder, no hay un minuto que perder cuando se trata de buscar a una persona desaparecida, el tiempo es crucial.

Dijo que por desgracia, en nuestro estado han pasado meses sin lograrse la aprobación de esta nueva ley, circunstancia que es lamentable, por decir lo menos.

“En el Grupo Legislativo de Acción Nacional queremos expresar nuestra solidaridad con los familiares de las personas desaparecidas y también brindar nuestro acompañamiento, apoyo y por supuesto, nuestro voto a favor de esta nueva ley".

Advirtió que en este tema urgente no cabe la politización, es reprochable totalmente el menor asomo, la menor intención de que algún actor busque obtener rentabilidad política, pero lo que sí cabe y es muy necesario es la exigencia, la presión social. La sociedad debe mantener una presión continua hacia las autoridades para generar la coordinación y la articulación de acciones pronta y eficaz, tan necesaria para encontrar a una víctima de desaparición.

Comentó que la ley que se aprueba es resultado de esa presión social, es resultado de la tenacidad y la persistencia de los familiares de las personas desaparecidas.

Mencionó algunos puntos relevantes como el  principio de exhaustividad que obliga a las autoridades a atender todas las posibilidades, todas y cada una de las líneas de investigación de manera inmediata, oportuna y transparente, con base en información útil y recogida con rigor técnico.

Además del principio de máxima protección, que obliga a las autoridades a otorgar la protección más amplia, garantizando el trato digno, la seguridad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas, y también la No revictimización, este principio obliga a los servidores públicos a aplicar medidas para evitar que las personas desaparecidas o sus familiares sean revictimizadas o criminalizadas, agravando su condición, obstaculizando o impidiendo el ejercicio de sus derechos o exponiéndosele a sufrir un nuevo daño.

Puntos básicos de la ley

•          Se establece el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas, en la forma y términos en que lo ordena y regula la Ley General.

•          Se establece la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla.

•          Se establece el Consejo Ciudadano, como órgano consultivo del Sistema Estatal y de la Comisión Estatal.

•          Se establece el Grupo de Búsqueda como auxiliar de la Comisión Estatal, en la forma y término en que lo dispone la Ley General.

•          Se dispone la creación, organización y funciones de la Fiscalía Especializada en la investigación y persecución de estos delitos, en la forma y términos que ordena la Ley General.

•          Se desarrollan las atribuciones de los municipios en materia de búsqueda de personas.

•          Se establece un Título destinado a la protección de los derechos de las víctimas de los delitos que la Ley combate.

•          Se establece un esquema de prevención de los delitos contenidas en esta Ley en armonía con la Ley General y en un marco de coordinación interinstitucional e intergubernamental, entre autoridades locales y federales.