La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que solo los partidos políticos que postularon candidaturas en el pasado proceso electoral, tienen derecho a participar en las elecciones extraordinarias, con lo cual Morena queda fuera en Teotlalco y San José Miahuatlán.

En la sesión, también se desecharon por extemporáneos dos recursos interpuestos por la diputada federal, Genoveva Huerta, referentes a la elección interna del Partido Acción Nacional (PAN), realizada el pasado mes de octubre.

En la sesión, los magistrados determinaron anular la resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEEP), mediante el cual se aprobó que todos los partidos políticos que habían participado en el proceso electoral del 6 de junio postularan candidatos. 

Por lo tanto, serán los partidos con o sin registro que hayan registrado planilla en los municipios, con lo cual el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) que, no postuló en Teotlalco y San José Miahutlan, queda fuera.

Donde sí podrá postular es en Santa Rita Tlahupan, ya que dicho instituto político había acudió  el 9 de febrero a las oficinas del Instituto Electoral del Estado (IEE) a registrar a Javier Huerta Montero como candidato común en acuerdo con el Partido del Trabajo.

En los municipios de San José Miahuatlán, había postulado al candidato del PT, Zoilo Noé Guzmán Herrera, en candidatura común, mientras el Teotlalco era la militante de su partido, Filomena Quiroz Campos, quienes quedan fuera de la contienda.

Al haberse dado la determinación del TEPJF, cualquier registro que se haya dado en el IEE sin cumplir con los requerimientos, deberá ser desechado.

Desechan recursos de Genoveva Huerta

Por otra parte, la exdirigente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Genoveva Huerta Villegas, está a punto de perder su batalla legal para anular los resultados de la elección interna y echar abajo el triunfo de Augusta Díaz de Rivera, luego que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó una de sus impugnaciones promovidas por presunta violencia política de género en su contra, por parte de órganos internos de su partido.

Los magistrados de la Sala Superior consideraron que, si bien la dirigencia estatal y Comisión Nacional de Justicia incurrieron en una falta por no entregar información solicitada para que pudiera impugnar, sin embargo, esto no fue grave.

Consideraron que esta impugnación no combatía sentencias de fondo ni contemplaba estudios constitucionales, por lo que están fuera de la competencia del TEPJF por tratarse de un tema interno del PAN.

Esta determinación se sumó a otro juicio desechado por las autoridades jurisdiccionales derivado a que Huerta Villegas presentó el documento de forma extemporánea y en consecuencia no podría ser considerado para su resolución.

Sin embargo, está pendiente de resolver otra impugnación promovida por Huerta Villegas por presuntas irregularidades cometidas el día de la elección interna, como el robo de 33 paquetes electorales y el presunto uso de recursos públicos.